Instrumento
- Fecha
- 18 de octubre de 2019
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad por Acciones será, por cuenta propia o ajena; La adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y toda otra forma de administración, explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces o inmuebles; Efectuar toda clase de inversiones en valore, efectos de comercio, ya sea en Chile o en el exterior, inclusive en acciones, participación en sociedades, comunidades y asociaciones cualquiera que sea su naturaleza, cuotas en fondos mutuos, y títulos de crédito en general, como la administración de dichas inversiones y percepción de sus frutos; Prestar servicios de asesoría empresarial, comercial, administrativa, financiera o contable; el arriendo y explotación de bienes muebles, movimiento de tierras y obras civil. Servicios de arquitectura, actividades inmobiliarias realizadas en bienes propios, arrendados o a contrata. Servicios profesionales de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica. Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y humanidades y en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa o indirectamente con el cumplimiento del objeto social, y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar“. Tres// Se reemplaza el Artículo Octavo quedando como sigue: “OCTAVO:
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a don Claudio Andrés Álvarez Zúñiga y a don Nicolás Jesús Méndez Vidal, quienes actuando en conjunto, separada y)o indistintamente, los cuales anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social a su firma, representarán a la sociedad con amplias facultades. Cuatro// Se elimina el Artículo Noveno y el Artículo Décimo. Cinco// Se modifica el Artículo Primero Transitorio. De la distribución del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36 Notaría de Santiago, La Concepción 65 piso 2, Providencia, Certifico: por escritura pública de fecha 18 de Octubre de 2019, Rep. 31.638-2019, ante mí, don CLAUDIO ANDRÉS ZÚÑIGA ALVAREZ, domiciliado en calle Dardignac número ciento ochenta departamento trescientos dieciocho, Comuna de Recoleta, Región Metropolitana, y don NICOLÁS JESÚS MÉNDEZ VIDAL, domiciliado en Avenida Santa Rosa número doscientos treinta y ocho, departamento ciento veintidós, comuna de Santiago, Región Metropolitana, como únicos y actuales accionistas, de la sociedad por acciones INMOBILIARIA Y SERVICIOS CCM SpA, constituida con fecha veinte de Junio de dos mil diecinueve, en la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, cuyo extracto se inscribió a Fojas 50.410 Número 25.045 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial el 2 de Julio de 2019, modifican la sociedad de la siguiente manera: Uno// Se reemplaza el Artículo Segundo, quedando como sigue. “DEL NOMBRE O RAZON SOCIAL. El nombre de la Sociedad por acciones será INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA URBA-CO SpA. Dos// Se reemplaza el Artículo Cuarto quedando como sigue: “DEL OBJETO SOCIAL: El objeto de la Sociedad por Acciones será, por cuenta propia o ajena; La adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento y toda otra forma de administración, explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces o inmuebles; Efectuar toda clase de inversiones en valore, efectos de comercio, ya sea en Chile o en el exterior, inclusive en acciones, participación en sociedades, comunidades y asociaciones cualquiera que sea su naturaleza, cuotas en fondos mutuos, y títulos de crédito en general, como la administración de dichas inversiones y percepción de sus frutos; Prestar servicios de asesoría empresarial, comercial, administrativa, financiera o contable; el arriendo y explotación de bienes muebles, movimiento de tierras y obras civil. Servicios de arquitectura, actividades inmobiliarias realizadas en bienes propios, arrendados o a contrata. Servicios profesionales de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica. Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y humanidades y en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa o indirectamente con el cumplimiento del objeto social, y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar“. Tres// Se reemplaza el Artículo Octavo quedando como sigue: “OCTAVO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración y uso de la razón social corresponderá a don Claudio Andrés Álvarez Zúñiga y a don Nicolás Jesús Méndez Vidal, quienes actuando en conjunto, separada y/o indistintamente, los cuales anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social a su firma, representarán a la sociedad con amplias facultades. Cuatro// Se elimina el Artículo Noveno y el Artículo Décimo. Cinco// Se modifica el Artículo Primero Transitorio. De la distribución del capital social. Seis// Se elimina el Artículo Segundo Transitorio. En lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Santiago 24 de Octubre de 2019.