MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL WILYANA LIMITADA

RUT 76180030-2 CVE 1679755
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
7 de octubre de 2004

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2004
Notario
Marcel Mathieu Pommiez Ilufí
Domicilio
Cañete

Sociedad

N. fantasía
WILYANA LIMITADA. Formada por los socios Nibsa Analía Vidal Islas, y don Wilson del Carmen Martínez Valenzuela, en la proporción de la primera un 90% y para el segundo un 10%
Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Marcel Mathieu Pommiez Ilufí, abogado, Notario Público titular de Cañete, Esmeralda 280, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, doña Nibsa Analía Vidal Islas, y don Wilson del Carmen Martínez Valenzuela, ambos sector Peleco, comuna de Cañete, y exponen: que por escritura pública de 07 de octubre de 2004, ante Notario de Curicó, don Alfredo Rosas Roa, constituyó la “SOCIEDAD WILYANA LIMITADA” un extracto de cual se inscribió a Fs. 475 vta. N° 408, Registro de Comercio del Conservatorio de Bienes Raíces de Curicó año 2004 y publicado en el Diario Oficial de 18.10.2004. El RUT N° 76.180.030-2. Nombre de fantasía: WILYANA LIMITADA. Formada por los socios Nibsa Analía Vidal Islas, y don Wilson del Carmen Martínez Valenzuela, en la proporción de la primera un 90% y para el segundo un 10%. Capital: $10.000.000 aportado en la forma indicada en la escritura. Por escritura pública otorgada en la notaría de Curicó, de don Fernando Salazar Sallorenzo, el 28.04.2006, los comparecientes rectificaron la razón social la que será: SOCIEDAD COMERCIAL WILYANA LIMITADA, pudiendo sustituirse válidamente la expresión “Limitada” por “Ltda.” Nombre de Fantasía: “COMERCIAL WILYANA LIMITADA”. Esta modificación se inscribió a Fs. 218 N° 183 Registro de Comercio año 2006, Conservatorio de Comercio de la comuna de Curicó. Se publicó en el Diario Oficial el 10.05.2006. Por el presente instrumento, Nibsa Analía Vidal Islas, viene en vender, ceder y transferir a Wilson del Carmen Martínez Valenzuela, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 40% de los derechos que a la vendedora le corresponden o le pudieran corresponder en la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL WILYANA LIMITADA”. Como consecuencia de la cesión quedan doña Nibsa Analía Vidal Islas, con un 50% de los derechos y don Wilson del Carmen Martínez Valenzuela, con un 50% de los derechos en la referida sociedad.- La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio Wilson del Carmen Martínez Valenzuela, con todas las facultades contenidas en el pacto original. En lo no rectificado, o complementado, la sociedad continúa en todas sus partes como pacto original. Se facultó para inscribir. Demás cláusulas en escritura extractada. Cañete, 07 de octubre de 2019.