SOCIEDAD AUTOMOTRIZ JIMENEZ Y POBLETE LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ALBERTO ORTEGA JIRON
- Oficio
- 1 Notaría
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sector La Tuna sin número Placilla | socio | 4722706-2 | — | — | |
| Placilla | socio | 17059262-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO ORTEGA JIRON, Notario Público 1 Notaría, Chillán 620, San Fernando, certifico: Por escritura hoy ante mí: Don GABRIEL ANTONIO POBLETE MANRIQUEZ, pensionado, domiciliado en Sector La Tuna sin número Placilla, RUT Nº 4.722.706-2, y don FELIPE ANDRES POBLETE BARROS, ingeniero mecánico, domiciliado en Sector La tuna sin número, Placilla, RUT Nº17.059.262-K; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditaron sus identidades previamente; sanearon sociedad comercial responsabilidad limitada “SOCIEDAD AUTOMOTRIZ JIMENEZ Y POBLETE LIMITADA”, en los siguientes términos. Dicha sociedad fue modificada por medio de escritura de fecha nueve de febrero del año dos mil diecisiete, en ella don FELIPE ANDRES POBLETE BARROS, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus intereses y sus derechos a don GABRIEL ANTONIO POBLETE MANRIQUEZ, quedando en consecuencia como únicos socios: doña Rommy del Carmen Jiménez Zúñiga y don Gabriel Antonio Poblete Manríquez con la participación de un cincuenta por ciento cada uno en el capital social. Dicha modificación, fue inscrita a fojas treinta y seis numero veintinueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, correspondiente al año dos mil diecisiete, y no fue publicada en el Diario Oficial dentro del plazo legal. Los comparecientes, sanean la Sociedad antes referida, en cuanto a que esta no fue publicada dentro del plazo legal, todo en conformidad a lo señalado en la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, en especial en sus artículos segundo y tercero y el artículo 355-A del Código de Comercio. Saneada la presente escritura, todas las estipulaciones del pacto social se mantienen plenamente vigentes. Demás estipulaciones escritura extractada. En San Fernando, Noviembre 04 año 2019.