MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS CERRO NAME SpA

RUT 76320572-K CVE 1679292
Fecha instrumento
7 de noviembre de 2019

Instrumento

Fecha
7 de noviembre de 2019
Notario
FERNANDO COLOMA AMARO
Domicilio
San Javier y Villa Alegre

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO COLOMA AMARO, Abogado, Notario Público Titular de San Javier y Villa Alegre, domiciliado en calle Sargento Aldea N° 2625, San Javier; certifica que: por escritura de fecha siete de noviembre de dos mil diecinueve ante mí, don EDUARDO ANTONIO SAN MARTIN ILUFI, chileno, casado, factor de comercio, Cédula Nacional de Identidad número trece millones trescientos setenta y tres mil trescientos sesenta y dos guión cero, domiciliado para estos efectos en Fundo El Rosal, Lote 2 y 4 sin número, comuna San Javier y don FILOROMO ANTONIO SAN MARTIN GÓMEZ, chileno, casado, transportista, Cédula Nacional de Identidad número seis millones quinientos treinta y nueve mil ochocientos setenta y dos guión dos, domiciliado Sector El Paso sin número, comuna San Javier, exponen: Que vienen en sanear escritura cesión de derechos y trasformación sociedad SERVICIOS CERRO NAME LIMITADA a SpA, SERVICIOS CERRO NAME SpA, de veintiséis enero del dos mil dieciocho, inscrita a fojas 18 número 18 año 2018 Registro de Comercio San Javier y publicada Diario Oficial 29 enero 2018 Número 41.969. La sociedad registra Rol Único Tributario número 76.320.572-K. Clausula segunda se corrigen número cedula identidad en la Individualización debe decir “don EDUARDO ANTONIO SAN MARTIN ILUFI, chileno, casado, factor de comercio, Cédula Nacional de Identidad número trece millones trescientos setenta y tres mil trescientos sesenta y dos guión cero, domiciliado para estos efectos en Fundo El Rosal, Lote 2 y 4 sin número, comuna de San Javier”; y en Artículo Segundo Transitorio: Designación de Administración General: debe decir don FILOROMO ANTONIO SAN MARTIN GÓMEZ, seis millones quinientos treinta y nueve mil ochocientos setenta y dos guión dos (6.539.862-2). Clausula Tercera “TÍTULO DÉCIMO PRIMERO DISPOSICIONES TRANSITORIAS. Artículo Primero Transitorio, Aporte de $12.000.000, y no de $1.000.000, debiendo decir:- “Artículo Primero Transitorio, suscripciones y pago acciones: el capital social es de 12.000.000; dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se encuentran suscritas y pagadas al contado y dinero efectivo por el accionista don FILOROMO ANTONIO SAN MARTIN GÓMEZ.-. Además otorgaron mandato especial a la abogada ALIN PAOLA ACEVEDO ROJAS, cédula nacional de identidad número once millones novecientos cincuenta y cinco mil ochocientos treinta y seis guion cero, para que proceda a realizar las escrituras rectificatoría o complementarias, si fuere procedente para perfeccionar la presente escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada.- San Javier 07 de noviembre de 2019.