CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS AGRICOLAS FUNDO SANTO TOMAS SpA

RUT 7066732-1 CVE 1679330
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de octubre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2019
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
10 años desde fecha escritura, prorrogable automáticamente en forma tácita por períodos 5 años cada uno

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la prestación de todo tipo de servicios relacionados con la actividad agrícola y el apoyo a la misma, la realización de cultivos en toda clase de plantas y árboles, importación, exportación y comercialización de productos agrícolas, así como la compra, venta, importación y exportación de maquinaria e implementos que sirvan de apoyo a la actividad agrícola. Podrá asimismo efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión toda clase de bienes, corporales e incorporales, raíces o muebles y además formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales y percibir sus frutos. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su

Administración

La administración de la sociedad la ejercerá un directorio compuesto de 5 directores, que serán elegidos por los accionistas, y tendrán un período de vigencia de tres años a contar de la fecha de su elección

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ª Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, comuna Santiago, Certifica: Por escritura pública hoy 15 de Octubre de 2019, ante mí CINTAC CHILE SpA., RUT N° 7 7.066.732-1, representada por don JAVIER EDUARDO ROMERO MADARIAGA, cédula nacional de identidad número 10.286.706-8, y por don MIGUEL ENRIQUE REYES GOMEZ, cédula nacional de identidad número 14.457.380-3, todos ellos domiciliados para estos efectos en Camino Melipilla número 8920, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, constituyó una sociedad por acciones con las siguientes disposiciones extractables: NOMBRE: “SERVICIOS AGRICOLAS FUNDO SANTO TOMAS SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto la prestación de todo tipo de servicios relacionados con la actividad agrícola y el apoyo a la misma, la realización de cultivos en toda clase de plantas y árboles, importación, exportación y comercialización de productos agrícolas, así como la compra, venta, importación y exportación de maquinaria e implementos que sirvan de apoyo a la actividad agrícola. Podrá asimismo efectuar inversiones en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión toda clase de bienes, corporales e incorporales, raíces o muebles y además formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales y percibir sus frutos. Para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, divido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en el acto de la constitución. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad la ejercerá un directorio compuesto de 5 directores, que serán elegidos por los accionistas, y tendrán un período de vigencia de tres años a contar de la fecha de su elección. DURACIÓN: 10 años desde fecha escritura, prorrogable automáticamente en forma tácita por períodos 5 años cada uno. - Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 15 Octubre 2019.- FÉLIX JARA CADOT. N.P.