RESTAURANTE Y CENTRO DE EVENTOS OASIS SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 5893-2019
- Notario
- GASTON ALVARO ARANIS QUIROZ
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ALBARRÁN | socio | 13725146-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTON ALVARO ARANIS QUIROZ, Notario Público de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins N°528, suplente del titular Juan Espinosa Bancalari, certifica: Por escritura pública de 04 noviembre 2019, bajo el Rep.7.388, ante mí, don MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ ALBARRÁN, RUT: 13.725.146-9, domiciliado en calle Barros Arana 492 oficina 61, Torre Ligure, Concepción, debidamente facultado, rectificó extracto de fecha 30 de septiembre de 2019 de Escritura pública de Constitución de la sociedad por acciones “RESTAURANTE Y CENTRO DE EVENTOS OASIS SpA”, rol único tributario número 77.084.501-7, de fecha 16 de septiembre de 2019, ante Notario de Concepción GASTÓN ALVARO ARANÍS QUIROZ, suplente del titular don JUAN ESPINOSA BANCALARI, repertorio 5893-2019, siendo su capital social inicial ascendente a la suma de $5.000.000. La sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles de don DANIEL ALBERTO GARRETÓN RODRÍGUEZ, la cual rola a fojas 694 número 411 del año 2019, y su extracto fue publicado en el Diario oficial del la República de Chile Nº 42.467 CVE 1662010 con fecha 02.10.2019. RECTIFICACIÓN: Que, en el extracto de dicha escritura pública de constitución de Sociedad por Acciones o SpA, se cometió un error de tipeo en la individualización del socio MATÍAS IGNACIO CLEVELAND ACUÑA, ya que en donde dice: MATÍAS IGNACIO CLEVELAND ACUÑA, chileno, soltero, ingeniero, constructor, cédula nacional de identidad número 17.765.607-2, debe decir: MATÍAS IGNACIO CLEVELAND ACUÑA, chileno, soltero, ingeniero, constructor, cédula nacional de identidad número 16.765.607-2, y que por el presente acto se rectifica conforme a Derecho por el compareciente. En lo demás tanto la escritura de constitución y el extracto debe mantenerse en los mismos términos en el señalado.- Concepción, 05 de noviembre 2019.-