MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA DON ARTURO LIMITADA

RUT 76724776-1 CVE 1678997
Fecha instrumento
25 de octubre de 2019
Notaría
Coronel

Instrumento

Fecha
25 de octubre de 2019
Notario
INGRID PAMELA RÍOS FUENTES
Oficio
Primera Notaría de Coronel
Comuna
Coronel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

INGRID PAMELA RÍOS FUENTES, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Coronel, oficio Sotomayor 520 de Coronel, CERTIFICA: que por escritura pública de 25 de Octubre 2019, otorgada ante mi, PAOLA ANDREA OÑATE ZUÑIGA, médico siquiatra, casada con separación de bienes, rut 12.382.114-9, domiciliada calle Las Violetas 1634, casa 508, Sector Huertos Familiares, San Pedro De La Paz; y don JULIO CÉSAR GRANDÓN RIQUELME, abogado, casado y separado de bienes, rut 11.683.696-3, domiciliado Coronel, Freire 101, oficina 2; chilenos, mayores de edad, expusieron que escritura pública 21 marzo 2017, otorgada en la Primera Notaría de Coronel, de don Juan Carlos Maturana Lepeley, repertorio Número ochocientos sesenta y cinco raya dos mil diecisiete, de dicha Notaría, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “INVERSIONES E INMOBILIARIA DON ARTURO LIMITADA”.- El extracto se inscribió fojas 38 N°28 del 2017, Registro Comercio Coronel, y se publicó en Diario Oficial de 29 marzo 2017. Su rol único tributario es el número setenta y seis millones setecientos veinticuatro mil setecientos setenta y seis raya uno. Capital social es la suma de treinta millones de pesos, el que, a la fecha, se encuentra ingresado en forma total e íntegra en las arcas de la compañía. Que PAOLA ANDREA OÑATE ZUÑIGA y JULIO CÉSAR GRANDÓN RIQUELME, modificaron la escritura de constitución de “INVERSIONES E INMOBILIARIA DON ARTURO LIMITADA”, en el siguiente sentido: A) SE MODIFICA LA CLÁUSULA TERCERA DE LA REFERIDA ESCRITURA, REEMPLAZÁNDOLA POR LA SIGUIENTE: “TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) Realizar por cuenta propia o ajena inversiones en muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures; formar sociedades de cualquier clase o participar en cualquier forma en todo tipo de compañías o adquirir derechos, haberes o acciones en ellas; y en general toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio; administrar estas inversiones y percibir sus frutos. b) La inversión de recursos propios o ajenos en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales y la explotación de ellos, pudiendo construir edificaciones para aumentar el valor de dichos inmuebles; c) La inversión en títulos de crédito, valores mobiliarios, valores de oferta pública y efectos de comercio, así como cuotas en comunidades y derechos en sociedades de personas y acciones y bonos de sociedades anónimas; sin perjuicio de otras actividades que acuerden los socios en el futuro; d) Efectuar todo tipo de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, vender y enajenar, a cualquier título, bienes raíces rurales y urbanos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones, arrendar y explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma o adquirir derechos, haberes o acciones en ellas. e) La explotación forestal y comercialización forestal de toda clase de inmuebles, propios o de terceros; f) Explotación directa o a través de terceros, de toda clase de predios o propiedades agrícolas, sean de dominio propio de la empresa o de dominio terceros, incluidos los de propiedad de los socios de la compañía, y que se le entreguen para su explotación a la sociedad, a través de toda clase de contratos, cualquiera sea su naturaleza o denominación. g) Comercialización de productos del agro en general. Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor o menor, de todo tipo de ganado, especialmente vacunos, y la crianza y comercialización de equinos. h) Actividad apícola en predios propios o de terceros, incluida su producción, transformación y la comercialización de tales productos, ya sea al por mayor o al por menor; i) toda clase de explotación agrícola, agroindustrial, frutícola, forestal, ganadera, avícola, de predios rústicos, por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes, y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o ajena, como comisionista o mandataria de terceros. j) compraventa, arriendo, leasing y explotación de toda clase de vehículos y maquinarias, propios de la empresa o de dominio terceros, incluido los de dominio de los socios de la compañía, pudiendo explotarlos, a través de todo tipo de contratos, sea directamente o a través de terceros; k) Compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales; L) y cualquier otra actividad relacionada con todas las actividades antes mencionadas que acuerden los socios.”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Coronel, 06 de Noviembre de 2019.