CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JORGE HASBUN Y COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de abril de 2010
- Notario
- TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
- Oficio
- Quinta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $25.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalTEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, don JORGE EDUARDO HASBUN ATALA, domiciliado en 5 Poniente Nº 1770, casa G, Condominio Las Heras II, Talca; doña MARCELA PAZ CONTRERAS ARÁNGUIZ, domiciliada en calle 5 Norte Nº 645, Talca; y don EDUARDO MATÍAS HASBUN CONTRERAS, domiciliado en 5 Poniente Nº 1770, casa G, Condominio Las Heras II, Talca, modificaron sociedad CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA JORGE HASBUN Y COMPAÑIA LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada con fecha 21 de abril de 2010, ante el Notario de Talca don Ignacio Vidal Domínguez, inscrita en extracto a fojas 698 Nº 310 en el Registro de Comercio del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Talca, publicada en el Diario Oficial de fecha 28 de abril de dos 2010, con un capital de $25.000.000.-; modificada por escritura pública de fecha 29 de noviembre de 2017 ante el Notario de esta ciudad don Ignacio Vidal Domínguez, cuyo extracto se inscribió a fojas 2413 Nº 920 en el Registro de Comercio de 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Talca, publicada en el sociedad, doña MARCELA PAZ CONTRERAS ARÁNGUIZ, quien vende, cede y transfiere el total de los derechos que le corresponden, equivalentes al 20% en el capital social, a don EDUARDO MATÍAS HASBUN CONTRERAS. Como consecuencia, de la cesión realizada, quedan como únicos y actuales socios, don JORGE EDUARDO HASBUN ATALA, con un 60% del capital social; y don EDUARDO MATÍAS HASBUN CONTRERAS, con un 40% del haber social. 2.- La administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al socio don JORGE EDUARDO HASBUN ATALA, con amplias facultades señaladas en el pacto social constitutivo. En todo lo no modificado por este instrumento permanecerán vigentes las estipulaciones del contrato social primitivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada.- Talca, 30 de octubre de 2019.