Rodríguez y Vial Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 8953-2019
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $14.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de 8 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 9, Local 3302, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2019, repertorio 8953-2019, ante mí, don Agustín Vial Wood, domiciliado en parcela número ochenta y nueve, condominio Las Araucarias de Linderos, comuna de Buin, Región Metropolitana; don José Marcial Rodríguez Arteaga, domiciliado en camino Los Guindos, condominio Los Tilos, parcela dieciocho, comuna de Buin, Región Metropolitana; y don José Miguel Salas Maturana, domiciliado en camino el cerrillo dos mil trescientos setenta y cinco, Parcela treinta y uno, Linderos, Comuna de Buin, Región Metropolitana; transformaron la sociedad Rodríguez y Vial Limitada (inscrita fs. 9.064, N° 7.029, Registro Comercio Santiago, 1997) en una sociedad por acciones, en el siguiente sentido: Transformación. Los únicos y actuales socios, Agustín Vial Wood, José Marcial Rodríguez Arteaga y José Miguel Salas Maturana, acuerdan transformar Rodríguez y Vial Limitada en una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “Rodríguez y Vial SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: (a) la prestación de asesorías en materias comerciales y financieras y las inversiones en bienes de todo tipo; (b) compra y venta de toda clase de productos agrícolas; (c) efectuar inversiones, por cuenta propia o ajena, en acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito y otros valores mobiliarios, en sociedades de todo tipo, en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, adquirirlos o enajenarlos; (d) formar parte de toda clase de sociedades civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, incluso comunidades y asociaciones o cuentas en participación, adquirir derechos o acciones en dichas comunidades, asociaciones so sociedades, sean estas anónimas, colectivas, limitadas o en comandita, pudiendo concurrir a la formación o constitución de nuevas sociedades, modificar los estatutos y tomar parte en su administración; (e) efectuar y prestar asesorías a personas naturales o jurídicas, sobre proyectos de factibilidad económica, de inversión y de otras materias de cualquier índole; (f) otorgar préstamos o financiamiento a personas naturales o jurídicas; (g) ejecutar mandatos y comisiones de cualquier naturaleza; (h) realizar todas las demás que acuerden los accionistas; y (i) realizar certificaciones de origen de uvas y vinos, y en general, de cualquier otro producto de origen vegetal. Capital Suscrito y Pagado: $14.000.000. Demás estipulaciones estatutarias constan en escritura extractada. Santiago, 5 de noviembre de 2019.