MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MERCADOLIBRE CHILE LIMITADA

RUT 77398220-1 CVE 1678366
Capital
$6.251.920.000 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2019

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2019
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$6.251.920.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública otorgada el 16 de septiembre de 2019, ante mí, MELI PARTICIPACIONES, S.L., MERCADO LIBRE INC. y MARKETPLACE INVESTMENTS LLC, todas Isidora Goyenechea 3477, piso 5, comuna de Las Condes, en su calidad de únicas socias de MERCADOLIBRE CHILE LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 1.258, N° 1.021 Registro de Comercio de Santiago del año 2000, acordaron aumentar su capital de $6.251.920.000.- a $12.262.000.000.- El aumento de $6.010.080.000.- es enterado y pagado por la socia MELI PARTICIPACIONES, S.L., mediante la capitalización de una deuda de que es titular en contra de MERCADOLIBRE CHILE LIMITADA. Como consecuencia, se sustituye la cláusula cuarta relativa al capital por la siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad de doce mil doscientos sesenta y dos millones de pesos que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: (i) MERCADOLIBRE INC. aporta la cantidad de mil trescientos noventa y cuatro millones trescientos ochenta y dos mil noventa y tres pesos ya ingresados a la caja social; (ii) MARKETPLACE INVESTMENTS LLC aporta la cantidad de cincuenta y tres mil pesos ya ingresados a la caja social; y (iii) MELI PARTICIPACIONES, S.L. aporta la cantidad de diez mil ochocientos sesenta y siete millones quinientos sesenta y cuatro mil novecientos siete pesos, que se desglosa de la siguiente manera: (a) mediante remesa ingresada a través del Mercado Cambiario Formal por la cantidad cuatro mil ochocientos cincuenta y siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil novecientos siete pesos, a plena satisfacción de los socios y la sociedad; y (b) mediante capitalización de una deuda por seis mil diez millones ochenta mil pesos, a plena satisfacción de los socios y la sociedad”. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Santiago, 5 de noviembre de 2019.