ASESORIAS E INVERSIONES MATEU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2019
- Repertorio
- 5115/2019
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO VALENZUELA PEREZ, Notario Santiago, Interino de la Primera Notaría Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: por escritura pública otorgada el 21 de Octubre del año 2019, ante mi, Repertorio Nº5115/2019: don JOSÉ VICTORIANO MARTINEZ GONZALEZ, domiciliado en calle Caupolicán mil cuatrocientos ochenta y cuatro departamento seiscientos siete B, comuna y ciudad de Puerto Varas; doña YETTY SILVANA TEUBER DEL RÍO, domiciliada en calle Merced número trescientos cincuenta y seis, departamento doscientos ocho, comuna de Santiago, Santiago; doña CLAUDIA XIMENA MARTÍNEZ TEUBER, domiciliada en Gran Misión mil quinientos cinco, comuna de Maipú; y doña DANIELA DEL PILAR MARTÍNEZ TEUBER, domiciliada en Marín trescientos cincuenta y cinco, departamento veintidós, comuna y ciudad de Santiago; modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “ASESORIAS E INVERSIONES MATEU LIMITADA” constituida el 5 de diciembre de 1995, ante el Notario de Santiago, don Raúl Iván Perry Pefaur, inscrita fojas 29953 Nº 24003 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Santiago, año 1995; en siguientes aspectos: 1) Don JOSÉ VICTORIANO MARTINEZ GONZALEZ se retira de la sociedad cediendo y transfiriendo el cincuenta por ciento del capital a las señoras: doña YETTY SILVANA TEUBER DEL RÍO con el veinticinco por ciento del haber social, quien lo compra y acepta para sí, en la suma de cinco millones de pesos, que se paga en este acto; doña CLAUDIA XIMENA MARTÍNEZ TEUBER, con el doce coma cinco por ciento del haber social, quien lo compra y acepta para sí, en la suma de dos millones quinientos mil pesos, que se paga en este acto; doña DANIELA DEL PILAR MARTÍNEZ TEUBER, con el doce coma cinco por ciento del haber social, quien lo compra y acepta para sí, en la suma de dos millones quinientos mil pesos, que se paga en este acto; 3) Modifican el estatuto social, en el sentido que la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá al gerente general doña YETTY SILVANA TEUBER DEL RÍO, salvo para enajenar los bienes raíces sociales, otorgar fianzas, constituirse en aval o codeudor solidario de terceros, comprometiendo el patrimonio social, en las que deberán actuar todos los socios; 3) Las socias acuerdan que en lo sucesivo, en caso de fallecimiento de alguno de las socias, su cuota acrecerá la de los demás, sustituyendo en estos términos la cláusula décimo sexta del contrato social, que no es materia de extracto.- En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en el pacto social, especialmente en cuanto dice relación con la limitación de la responsabilidad de las socias al monto de sus aportes.- Santiago, 21 de octubre de 2019.-lp