AGRÍCOLA Y FORESTAL FUNDO MIRAFLORES AM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2019
- Repertorio
- 7009-2019
Sociedad
- Capital
- $555.000.000 CLP
- Domicilio
- San Jose de la Mariquina
- Duración
- 10 años desde esta fecha, renovable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años c/u
Objeto social
a) explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o de terceros de predios rústicos, propios o ajenos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos del agro en general; b) adquirir a cualquier título, terrenos de aptitud exclusivamente forestal, con el objeto de efectuar la forestación de los mismos y)o explotarlos a cualquier título, sea por cuenta propia o de terceros; y la celebración de todos los actos y contratos y convenciones necesarias tendientes al mejor cumplimiento del objeto social y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, sea por cuenta propia o de terceros.- Administración, representación y uso razón social, con excepción de limitaciones indicadas clausula cuarta escritura extractada, corresponderá a uno cualesquiera de socios, quienes actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social la representarán con las más amplias facultades y la obligarán en toda clase de actos, contratos, convenciones y negocios jurídicos de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin perjuicio que para efectos indicados en clausula cuarta escritura extractada, administración corresponde también a mandatarios especialmente designado escritura constitutiva, señores HERBERT SIEBERT WERNER, PATRICK RICHARD SHARMAN WEBER y CARLOS EDUARDO FUENTES QUIROZ, quienes deben actuar con limitaciones y forma allí indicada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALARCON RAMIREZ, Temuco, Claro Solar 831, Temuco, certifica: Por Escritura Pública otorgada ante mi Suplente doña ELISA ARACELY GENOVA ESPINOZA, con fecha 30 de Octubre 2019, don FÉLIX MONTECUCCOLI, domiciliado en Mitterau Nº10, Markersdorf, Austria, de paso Temuco; ELISABETH PÍA MARÍA GRAF ZU STOLBERG-STOLBERG, domiciliada Doctor Rost Strasse 27 Neusass, Alemania, de paso Temuco; y FRANZISKA ROMANA MONTECUCCOLI VON TWICKEL, domiciliada en calle Holling 6 Nº48351, Alverskirchen, Alemania, todos para éstos efectos fundo Miraflores, comuna de Lanco, constituyeron sociedad responsabilidad limitada.- Razón Social: "AGRÍCOLA Y FORESTAL FUNDO MIRAFLORES AM LIMITADA”, nombre fantasía “FORESTAL MIRAFLORES AM LTDA.”.- Domicilio: San Jose de la Mariquina.- Objeto: a) explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o de terceros de predios rústicos, propios o ajenos; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos del agro en general; b) adquirir a cualquier título, terrenos de aptitud exclusivamente forestal, con el objeto de efectuar la forestación de los mismos y/o explotarlos a cualquier título, sea por cuenta propia o de terceros; y la celebración de todos los actos y contratos y convenciones necesarias tendientes al mejor cumplimiento del objeto social y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, sea por cuenta propia o de terceros.- Administración, representación y uso razón social, con excepción de limitaciones indicadas clausula cuarta escritura extractada, corresponderá a uno cualesquiera de socios, quienes actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social la representarán con las más amplias facultades y la obligarán en toda clase de actos, contratos, convenciones y negocios jurídicos de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin perjuicio que para efectos indicados en clausula cuarta escritura extractada, administración corresponde también a mandatarios especialmente designado escritura constitutiva, señores HERBERT SIEBERT WERNER, PATRICK RICHARD SHARMAN WEBER y CARLOS EDUARDO FUENTES QUIROZ, quienes deben actuar con limitaciones y forma allí indicada.- Capital social: $555.000.000, que se aportan y enteran por socios siguiente manera: 1) FÉLIX MONTECUCCOLI aporta $185.000.000, que entera: a) Con aporte dominio pleno, en suma total de $180.000.000, tasados así de acuerdo con socios de totalidad acciones y derechos de que es titular sobre inmueble Fundo “Miraflores”, ubicado Comuna Lanco. Este inmueble lo ha comprado en conjunto y por iguales partes con doña ELISABETH PÍA MARÍA GRAF ZU STOLBERG-STOLBERG y doña FRANZISKA ROMANA MONTECUCCOLI VON TWICKEL por escritura pública de compraventa 30 octubre 2019, Repertorio Nº7009-2019, otorgada ante Notario que autoriza este extracto, título que se inscribirá Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San José de la Mariquina, de manera tal que una vez se encuentre inscrito a su nombre en conjunto con las otras comuneras, el señor Conservador de Bienes Raíces ya mencionado deberá practicar la inscripción del mismo, como aporte, a nombre de la sociedad que por el presente instrumento se constituye. A título referencial título dominio se encuentra actualmente inscrito a nombre de don Alberto Montecuccoli Laderchi a fojas 1135 vuelta Nº1394 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces San José de la Mariquina año 2010.- b) Con $5.000.000, que enterará en 3 años contados desde la suscripción escritura extractada dinero efectivo, bienes muebles o inmuebles, capitalización utilidades si las hubiera, y medida que necesidades sociales así lo requieran. 2) ELISABETH PÍA MARÍA GRAF ZU STOLBERG-STOLBERG aporta $185.000.000, que entera: a) Con aporte dominio pleno, en suma total de $180.000.000, tasados así de acuerdo con socios de totalidad acciones y derechos de que es titular sobre inmueble Fundo “Miraflores”, ubicado Comuna Lanco, Este inmueble lo ha comprado en conjunto y por iguales partes con doña FRANZISKA ROMANA MONTECUCCOLI VON TWICKEL y don FÉLIX MONTECUCCOLI por escritura pública de compraventa 30 octubre 2019, Repertorio Nº7009-2019, otorgada ante Notario que autoriza este extracto, título que se inscribirá Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San José de la Mariquina, de manera tal que una vez se encuentre inscrito a su nombre en conjunto con las otras comuneras, el señor Conservador de Bienes Raíces ya mencionado deberá practicar la inscripción del mismo, como aporte, a nombre de la sociedad que por el presente instrumento se constituye. A título referencial título dominio se encuentra actualmente inscrito a nombre de don Alberto Montecuccoli Laderchi a fojas 1135 vuelta Nº1394 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces San José de la Mariquina año 2010.- b) Con $5.000.000, que enterará en 3 años contados desde la suscripción escritura extractada dinero efectivo, bienes muebles o inmuebles, capitalización utilidades si las hubiera, y medida que necesidades sociales así lo requieran. 3) FRANZISKA ROMANA MONTECUCCOLI VON TWICKEL, aporta $185.000.000, que entera: a) Con aporte dominio pleno, en suma total de $180.000.000, tasados así de acuerdo con socios de totalidad acciones y derechos de que es titular sobre inmueble Fundo “Miraflores”, ubicado Comuna Lanco. Este inmueble lo ha comprado en conjunto y por iguales partes con doña ELISABETH PÍA MARÍA GRAF ZU STOLBERG-STOLBERG y don FÉLIX MONTECUCCOLI por escritura pública de compraventa 30 octubre 2019, Repertorio Nº7009-2019, otorgada ante Notario que autoriza este extracto, título que se inscribirá Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San José de la Mariquina, de manera tal que una vez se encuentre inscrito a su nombre en conjunto con las otras comuneras, el señor Conservador de Bienes Raíces ya mencionado deberá practicar la inscripción del mismo, como aporte, a nombre de la sociedad que por el presente instrumento se constituye. A título referencial título dominio se encuentra actualmente inscrito a nombre de don Alberto Montecuccoli Laderchi a fojas 1135 vuelta Nº1394 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces San José de la Mariquina año 2010.- b) Con $5.000.000, que enterará en 3 años contados desde la suscripción escritura extractada dinero efectivo, bienes muebles o inmuebles, capitalización utilidades si las hubiera, y medida que necesidades sociales así lo requieran. Duración: 10 años desde esta fecha, renovable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años c/u.- Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.-Doy Fe.-Temuco, 05 de Noviembre 2019.