MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGENCIA DE TURISMO Y TRANSPORTE DE PASAJEROS TEHERAN LIMITADA

RUT 76524413-7 CVE 1678201
Fecha instrumento
18 de octubre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de octubre de 2019
Comuna
Santiago

Administración

La administración, representación y uso de la razón social de AGENCIA DE TURISMO Y TRANSPORTE DE PASAJEROS TEHERAN LIMITADA, corresponderá a los socios doña Lauren Isela Teheran Manjarres y don Juan Alberto Amestica Muñoz, quienes actuando individual y separadamente, sin limitación alguna, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con la totalidad de las facultades de administración indicadas en el Artículo Noveno siguiente de los presentes estatutos”. En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente el pacto social, en especial en lo referente a la limitación de la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Pública Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifica: por escritura de 18-10-2019, repertorio número 7565 / 2019 ante notario titular, i) doña LAUREN ISELA TEHERAN MANJARRES, cédula de identidad para extranjeros número 23.252.211-9; (ii) doña MARÍA FILOMENA MUÑOZ ÁLVAREZ, cédula de identidad número 7.206.866-1, y (iii) don JUAN ALBERTO AMESTICA MUÑOZ, cédula de identidad número 11.858.752-9, todos domiciliados, para estos efectos, en calle María del Pilar 3756, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, acordaron modificar los estatutos de la sociedad “AGENCIA DE TURISMO Y TRANSPORTE DE PASAJEROS TEHERAN LIMITADA”, RUT N° 76.524.413-7 (la “Sociedad”) inscrita a fojas 89.118 número 52.164 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015 a fojas 5.939, N° 4.762, en los siguientes términos: CESIÓN DE DERECHOS: (a) Doña Lauren Isela Teheran Manjarres, titular del 90% de los derechos sociales de la Sociedad, vendió, cedió y transfirió el 40% de los derechos en la Sociedad, a don Juan Alberto Amestica Muñoz a un precio de $400.000, pagados al contado. (b) Doña María Filomena Muñoz Álvarez, titular del 10% de los derechos sociales de la Sociedad, vendió, cedió y transfirió el 100% de sus derechos en la Sociedad, a don Juan Alberto Amestica Muñoz a un precio de $100.000, pagados al contado. Como consecuencia de la cesión de derechos precedente, se retira de la Sociedad doña María Filomena Muñoz Álvarez, quedando como únicos y exclusivos socios en la Sociedad los siguientes: (a) Doña Lauren Isela Teheran Manjarres, titular de un 50% de los derechos sociales, y (b) Don Juan Alberto Amestica Muñoz, titular de un 50% de los derechos sociales, distribuyéndose el capital social de la Sociedad de acuerdo a dichos porcentajes. Se acordó reemplazar los siguientes artículos de los estatutos de la Sociedad, a fin de reflejar modificaciones antes señaladas: 1. Reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos relativo al capital de la sociedad, reemplazando dicho artículo por el siguiente: “QUNTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios han aportado y pagado, y se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: (a) doña Lauren Isela Teheran Manjarres la cantidad de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, cantidad que fue enterada y pagada en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, y (b) don Juan Alberto Amestica Muñoz la cantidad de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, cantidad que será enterada y pagada en dinero efectivo en arcas sociales, dentro del plazo de 3 años a contar de esta fecha, a medida que las necesidades sociales lo requieran”. 2. Reemplazar el Artículo Octavo de los estatutos relativo a la administración de la sociedad, reemplazando dicho artículo por el siguiente: “OCTAVO: Administración, Representación y Uso de la Razón Social. La administración, representación y uso de la razón social de AGENCIA DE TURISMO Y TRANSPORTE DE PASAJEROS TEHERAN LIMITADA, corresponderá a los socios doña Lauren Isela Teheran Manjarres y don Juan Alberto Amestica Muñoz, quienes actuando individual y separadamente, sin limitación alguna, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con la totalidad de las facultades de administración indicadas en el Artículo Noveno siguiente de los presentes estatutos”. En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente el pacto social, en especial en lo referente a la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, octubre 30 de 2019.