SOCIEDAD AGRICOLA DE PROPIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2019
- Notario
- ERNESTO MONTOYA PEREDO
- Oficio
- 3° Notaria Rancagua Campos 377
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Administración
Debido al ingreso de un nuevo socio, los comparecientes han acordado modificar la forma de administración de la Sociedad Agrícola de Propio Limitada, en el siguiente sentido: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, respecto a las facultades de libre disposición de bienes y facultades bancarias o financieras, corresponderá a dos de cualquiera de los socios quienes actuando conjuntamente, y anteponiendo a su firma la razón social podrán administrarla y representarla con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público titular de la 3° Notaria Rancagua Campos 377, Certifica: Por escritura otorgada ante mi suplente Ximena Carmona Torres con fecha 16 de Septiembre de 2019, NICOLÁS JOSÉ CRISTI LE-FORT, chileno, agrónomo, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 16.208.703-7, domiciliado Parcela número cincuenta y cuatro, Rinconada del Tambo, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, CRISTIÁN DIEGO BENAVENTE ROJAS, chileno, ingeniero agrónomo, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 16.098.886-k, domiciliado en Camino Las Palmas, casa M 26-10, Parque Residencial Golf Los Lirios, comuna de Requínoa y JUAN ENRIQUE WIDMER VALDÉS, chileno, ingeniero comercial, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número 15.782.276-4, domiciliado en Pasaje Los Troncos s, Esmeralda, comuna de Rengo; todos mayores de edad, aumentaron el capital y modificaron la SOCIEDAD AGRICOLA DE PROPIO LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 07 de mayo de 2019 en la Notaría de Rancagua de Ernesto Montoya Peredo, inscrita a fojas 49 N°40 del Registro de Comercio de San Vicente Tagua Tagua del año 2019, como se extracta a continuación: Aumento de capital: Por el presente instrumento, los actuales y únicos socios de Sociedad Agrícola de Propio Limitada acuerdan aumentar el capital de la Sociedad, desde la suma actual ascendente a $10.000.000, a la cantidad de $15.000.000, esto es, en la suma total de $15.000.000. ( quince millones de pesos). Pago del Aumento Capital. Asimismo, los actuales y únicos socios de Sociedad Agrícola de Propio Limitada, acuerdan que el aumento de capital, por la suma de $15.000.000, sea suscrito y pagado de la siguiente forma: (i) Se hace presente que la Sociedad ya cuenta con un capital de $10.000.000 enterado al contado y pago en efectivo por los socios constituyentes; (ii) Con la suma de $5.000.000, monto que don Juan Enrique Widmer Valdés que suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando la Sociedad Agrícola de Propio Limitada recibirlo a su entera satisfacción. Ingreso nuevo socio. Como consecuencia del aumento de capital acordado en las cláusulas precedentes, don Juan Enrique Widmer Valdés, con el acuerdo unánime de los actuales socios de la Sociedad Agrícola de Propio Limitada, se incorporará como nuevo socio de la Sociedad. Por su parte, don Juan Enrique Widmer Valdés, manifiesta su voluntad de incorporarse como nuevo socio de la Sociedad Agrícola de Propio Limitada, señalando que conoce y acepta íntegramente su pacto social. Nuevo Capital.Como consecuencia del aumento de capital acordado en las cláusulas precedentes, el nuevo capital de la Sociedad Agrícola de Propio Limitada asciende a la suma de $15.000.000, el cual se encuentra distribuido en las siguientes cantidades y proporciones: a) don Nicolás José Cristi Le-Fort, con la suma de cinco millones de pesos, equivalentes a un tercio de los derechos sociales, capital que se encuentra pagado e ingresado a la caja social; b) don Cristián Diego Benavente Rojas, con la suma de cinco millones de pesos, equivalentes a un tercio de los derechos sociales, capital que se encuentra pagado e ingresado a la caja social; c) don Juan Enrique Widmer Valdés, con la suma de cinco millones de pesos, equivalentes a un tercio de los derechos sociales, capital que se paga en este acto, al contado, ingresando a la caja social. Modificación de la administración y uso de la razón social. Debido al ingreso de un nuevo socio, los comparecientes han acordado modificar la forma de administración de la Sociedad Agrícola de Propio Limitada, en el siguiente sentido: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, respecto a las facultades de libre disposición de bienes y facultades bancarias o financieras, corresponderá a dos de cualquiera de los socios quienes actuando conjuntamente, y anteponiendo a su firma la razón social podrán administrarla y representarla con las más amplias facultades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rep. 6666-2019 Rancagua, 16 de octubre de 2019.