Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2019
- Repertorio
- 31335-2019
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- ‘‘JIRO SpA’’
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la escritura, renovables tácita y sucesivamente en períodos iguales, salvo declaración expresa en contrario del constituyente
- Ley aplicable
- Ley N° 20.190
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La consultoría y prestación de todo tipo de servicios informáticos y en general tecnologías de la información, gestión de datos y sistemas operativos, incluidas la programación de sistemas, sistemas de marketing y administración de datos, así como arriendo de hardware y software, integración de redes, desarrollo y administración de sitios web; así como el diseño, implementación, operación, administración y desarrollo de sistemas informáticos, soporte de redes, soporte de infraestructuras tecnológicas, datacenter y en general cualquier otro servicio o prestación de soporte informático de todo tipo y naturaleza para toda clase de actividades productivas, industriales, comerciales, mineras, agropecuarias o de servicios; incluyendo la comercialización y explotación en general de equipos, componentes y toda clase de artefactos electrónicos, informáticos y computacionales, sus complementos y accesorios, incluido su armado, desarmado, diagnóstico, reparación, soporte y asistencia técnica de todo tipo en las áreas del giro social; b) Servicios de asistencia técnica y mantenimiento en el rubro de la electrónica y computación, incluida la instalación y desinstalación de softwares, hardware y todo otro componente electrónico y tecnológico complementario; c) Inscribir propiedad intelectual e industrial, nombres y marcas comerciales, modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones o solicitar nulidades y, en general, efectuar toda clase de tramitaciones o activaciones que sean procedentes en esta materia
Administración
Don JOSÉ MARÍA MOLINA VIZCAYA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público, Titular 36 Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2019, Repertorio N°31.335-2019, ante mí, Don JOSÉ MARÍA MOLINA VIZCAYA, domiciliado para estos efectos en Luis Thayer Ojeda N° 615, departamento 804, de la comuna de Providencia, constituyó sociedad por acciones que se regirá por el siguiente ESTATUTO, por la Ley N° 20.190 del año 2007 y en su silencio, por el Código de Comercio-. RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES Y ASESORÍAS JIRO SpA”. NOMBRE DE FANTASÍA: ‘‘JIRO SpA’’. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La consultoría y prestación de todo tipo de servicios informáticos y en general tecnologías de la información, gestión de datos y sistemas operativos, incluidas la programación de sistemas, sistemas de marketing y administración de datos, así como arriendo de hardware y software, integración de redes, desarrollo y administración de sitios web; así como el diseño, implementación, operación, administración y desarrollo de sistemas informáticos, soporte de redes, soporte de infraestructuras tecnológicas, datacenter y en general cualquier otro servicio o prestación de soporte informático de todo tipo y naturaleza para toda clase de actividades productivas, industriales, comerciales, mineras, agropecuarias o de servicios; incluyendo la comercialización y explotación en general de equipos, componentes y toda clase de artefactos electrónicos, informáticos y computacionales, sus complementos y accesorios, incluido su armado, desarmado, diagnóstico, reparación, soporte y asistencia técnica de todo tipo en las áreas del giro social; b) Servicios de asistencia técnica y mantenimiento en el rubro de la electrónica y computación, incluida la instalación y desinstalación de softwares, hardware y todo otro componente electrónico y tecnológico complementario; c) Inscribir propiedad intelectual e industrial, nombres y marcas comerciales, modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones o solicitar nulidades y, en general, efectuar toda clase de tramitaciones o activaciones que sean procedentes en esta materia. DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de la escritura, renovables tácita y sucesivamente en períodos iguales, salvo declaración expresa en contrario del constituyente. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana. CAPITAL: $500.000.-, dividido en 10 acciones iguales y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. ADMINISTRACIÓN: Don JOSÉ MARÍA MOLINA VIZCAYA. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 17 de octubre de 2019.