CONSTITUCIÓN Sociedad Anónima

INVERSIONES E INMOBILIARIA REY S.A.

RUT 5892337-0 CVE 1677191
Capital
$420.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de octubre de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de octubre de 2019
Notario
MARCELA MARÍA PÍA TAVOLARI OLIVEROS
Domicilio
y Archivero Judicial

Sociedad

Capital
$420.000.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Viña del Mar
Duración
Indefinida

Objeto social

1) La adquisición, subdivisión, urbanización, construcción, loteo, enajenación, arrendamiento, administración, compraventa, explotación y en general la comercialización de toda clase de bienes inmuebles, sean estos urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, a cualquier título y en cualquier forma; 2) La inversión en el país o el extranjero en toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales, en su más amplio sentido, a través de dinero, acciones, bonos, valores mobiliarios, inmobiliarios, documentos mercantiles y)o rentas producidas con las inversiones indicadas, por cuenta propia o ajena, a cualquier título y en cualquier forma; y, 3) En general, la celebración de cualquier tipo de acto, contrato o convención y la ejecución de toda otra actividad relacionada con las anteriores, que los socios acuerden. Para el cumplimiento de sus fines podrá participar o tomar injerencia en otras sociedades o asociaciones

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA MARÍA PÍA TAVOLARI OLIVEROS, abogado, Notario Público y Archivero Judicial, en mi oficio de calle Blanco número seiscientos cuarenta y ocho, certifico: Que por escritura fecha hoy ante mí, JORGE ALDO REY ZAMORANO, industrial, cédula de identidad 5.892.337-0; GUACOLDA DEL CARMEN PERCHERÓN RIVIÑO, factor de comercio, cédula de identidad 6.440.568-3; y, JORGE ANDRÉS REY PERCHERÓN, estudiante, cédula de identidad 19.400.069-3; todos domiciliados en calle Diego Portales número 1279, Recreo, Viña del Mar: Constituyeron Sociedad Anónima Cerrada. Nombre: “INVERSIONES E INMOBILIARIA REY S.A.”, nombre de fantasía “INVERSIONES REY S.A.”. Domicilio: La ciudad de Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero. Duración: indefinida. Objeto: 1) La adquisición, subdivisión, urbanización, construcción, loteo, enajenación, arrendamiento, administración, compraventa, explotación y en general la comercialización de toda clase de bienes inmuebles, sean estos urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, a cualquier título y en cualquier forma; 2) La inversión en el país o el extranjero en toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales, en su más amplio sentido, a través de dinero, acciones, bonos, valores mobiliarios, inmobiliarios, documentos mercantiles y/o rentas producidas con las inversiones indicadas, por cuenta propia o ajena, a cualquier título y en cualquier forma; y, 3) En general, la celebración de cualquier tipo de acto, contrato o convención y la ejecución de toda otra actividad relacionada con las anteriores, que los socios acuerden. Para el cumplimiento de sus fines podrá participar o tomar injerencia en otras sociedades o asociaciones. Capital Social: $420.000.000, dividido en 420.000 acciones nominativas, sin valor nominal y sin necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. a) JORGE ALDO REY ZAMORANO suscribe 415.800 acciones que representan un 99% del capital, por $415.800.000: a.1) Paga en acto escritura $280.000.0000 en dinero efectivo, suma que ingresa a caja social, que equivalen a 280.000 acciones; y, a.2) El saldo, que asciende a $135.800.000, se pagará en plazo de tres años a contar de fecha suscripción de la escritura extractada, que equivale a 135.800 acciones; b) GUACOLDA DEL CARMEN PERCHERÓN RIVIÑO, suscribe 2.100 acciones que representan un 0,5% del capital, por un total de $2.100.000, pagando en este acto el total de acciones en dinero en efectivo e ingresado a caja social; y, c) JORGE ANDRÉS REY PERCHERÓN, suscribe 2.100 acciones que representan un 0,5% del capital, por $2.100.000, pagando en este acto el total de acciones en dinero en efectivo e ingresado a caja social. La sociedad recibe las cantidades señaladas a entera satisfacción. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Se facultó portador de copia autorizada de este extracto para legalización. Extracto redactado por el abogado Juan Luis Urrutia Schiappacasse.- Valparaíso, 18 de Octubre de 2019.-