INVERSIONES AIJO SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.200.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOAQUÍN LABBÉ DONOSO, Notario Suplente del Titular de la 45° Notaría de Santiago, domicilio calle Paseo Huérfanos 979, piso 7, comuna de Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de pleno derecho, de fecha 28 de octubre de 2019, ante Notario Titular, René Benavente Cash: Don Hernán René Rojas Meriño, contador, domiciliado para estos efectos en calle Agustinas 1213, oficina 202, comuna de Santiago, Región Metropolitana; debidamente facultado redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionista de la sociedad "INVERSIONES AIJO SpA", R.U.T. Nº76.219.576-3, constituida por escritura pública de fecha 11 de junio de 2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Jaime Morandé Orrego, domicilio notarial ubicado en Amunátegui 361, Santiago, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fojas 43.527 N°30.505 del año 2012. Dicha Junta fue celebrada el 18 de octubre de 2019, a las 9.30 horas, en el domicilio Notarial ubicado en Paseo Huérfanos 979, Piso 7, comuna de Santiago, con la presencia del único accionista Marcelo Alejandro Inzunza González, según libro de accionista tenido a la vista, quien acordó, la disminución del capital social debido a que no se cumplió en el plazo designado en la constitución de la sociedad para pagar las 990 acciones que estaban pendientes de enterar, correspondientes a la cantidad de $217.800.000.- para ello se acordó modificar y reemplazar el Artículo Quinto, y el Artículo Primero Transitorio del Estatuto Social, quedando de la siguiente forma: "Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de $2.200.000.-, dividido en 1.000 acciones de una misma y única serie y sin valor nominal.". "Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma $2.200.000.-, dividido en 1.000 acciones de una misma y única serie y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado.".- En todo lo no modificado, queda vigente escritura de constitución, que debe considerarse como un sólo todo. Se facultó portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de noviembre.