CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA TRES TERCIOS LIMITADA

CVE 1677517
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de octubre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de octubre de 2019
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Domicilio
33° Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Viña del Mar, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o el extranjero. 3)
Duración
5 años contados desde fecha escritura extractada, término éste que se entenderá prorrogado automáticamente, en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que uno o más socios manifiesta voluntad de ponerle término, con anticipación de a lo menos 3 meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Efectuar todo tipo de negocios inmobiliarios, compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, comercialización y explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces, urbanos o rurales, propios o ajenos; b) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; c) Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, tales como: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; d) En general realizar cualquier actividad comercial que los socios acuerden. 4)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular 33° Santiago, Huérfanos 979, of. 501, certifica: ante mí, con fecha de hoy 16/10/2019, INVERSIONES TERCER TERCIO SpA, domiciliado en Amunátegui 232, oficina 1301, Santiago, Región Metropolitana, GABRIEL ALEJANDRO ANWANDTER ZÚÑIGA, domiciliado en 5 Norte 1390, depto. 1903, Viña del Mar, Región de Valparaíso, y MAURICIO ALEJANDRO PIZARRO VERGARA, domiciliado en Rincón de la Patagua 2181, Villa Alemana, Región de Valparaíso, constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada, estatutos extractados: 1) Razón social: “INMOBILIARIA TRES TERCIOS LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “INMOBILIARIA TRES TERCIOS LTDA.”. 2) Domicilio: Viña del Mar, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o el extranjero. 3) Objeto: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Efectuar todo tipo de negocios inmobiliarios, compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, comercialización y explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces, urbanos o rurales, propios o ajenos; b) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; c) Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, tales como: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; d) En general realizar cualquier actividad comercial que los socios acuerden. 4) Capital Social: $3.000.000.- socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) INVERSIONES TERCER TERCIO SpA, $1.000.000.-, correspondientes al 33,4% del haber social, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresado en arcas sociales; b) GABRIEL ALEJANDRO ANWANDTER ZÚÑIGA, $1.000.000.-, correspondientes al 33,3% del haber social, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresado en arcas sociales, y c) MAURICIO ALEJANDRO PIZARRO VERGARA, $1.000.000.-, correspondientes al 33,3% del haber social, pagados en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresado en arcas sociales. 5) Responsabilidad: Limitada monto respectivos aportes. 6) Administración y uso Razón Social: Corresponderá a todos los socios de la sociedad, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos para representar a la sociedad, ante toda persona o autoridad, con facultades y poderes descritos en estatutos. 7) Duración: 5 años contados desde fecha escritura extractada, término éste que se entenderá prorrogado automáticamente, en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que uno o más socios manifiesta voluntad de ponerle término, con anticipación de a lo menos 3 meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16.10. 2019.