MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES RAPEL SpA

RUT 76057604-2 CVE 1677659
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de abril de 2009
Notaría
Calama

Instrumento

Fecha
9 de abril de 2009
Notario
JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY
Domicilio
Coquimbo
Comuna
Calama

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY, Notario Público Coquimbo, Borgoño Nº412, Certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don MATIAS NICOLAS FARIAS ARAYA, chileno, soltero, ingeniero en información y control de gestión, domiciliado en Coquimbo, Avenida La Marina Nº15, Departamento 506, Torre 2, C.I. Nº17.654.775-8, en su calidad de único accionista de la sociedad por acciones denominada INMOBILIARIA E INVERSIONES RAPEL SpA”, R.U.T. Nº76.057.604-2, constituida por escritura pública de fecha 09 de Abril de 2009, ante Notario de Calama, don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, Titular de la Tercera Notaría de Calama, cuyo extracto se inscribió con fecha 28 de Abril de 2009 en el Registro de Comercio de El Loa Calama a fojas 174 Nº114 del año 2009, y se publicó en el D.O. Nº39.352 de fecha 04 de Mayo de 2009, capital asciende a $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, y cuya totalidad pertenecen a don Matías Nicolás Farías Araya; viene en modificar los estatutos sociales en las condiciones siguientes: 1. Se modifica el artículo segundo del domicilio social a la comuna y ciudad de Salamanca, Región de Coquimbo, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. 2. Se eliminan y suprimen de los Estatutos Sociales los artículos décimo primero; duodécimo y décimo tercero; que dicen relación con la cláusula de control; efectos de la cláusula de control y obligaciones o limitaciones para los accionistas que quebranten dichos límites, respectivamente. En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social de fecha 09 de Abril de 2009. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Coquimbo, 09 Octubre 2019.-