MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BAZAR NATURAL LIMITADA

RUT 76214326-7 CVE 1677490
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
10 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de febrero de 2019
Notario
Álvaro González Salinas
Oficio
42° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Álvaro González Salinas, abogado, Notario Público Titular de la 42° Notaria de Santiago, con oficio en Agustinas Nº 1.070, Segundo Piso, comuna de Santiago. Certifica: que por escritura pública otorgada ante mí; con fecha 17-10-2.019, ante mí, señores MARIA CAROLINA GEISSE OSSORIO, Rut 12.476.037-2;CHRISTIAN ENRIQUE BORQUEZ STEINFORT, Rut 10.657.328-5; ambos domiciliados en calle Valle Colina Miravalle Nº9.715, comuna de las Condes; y MARGARITA MARIA OSSORIO FARIAS, Rut 5.165.185-5, domiciliada en calle Florencio Barrios N° 1.278 departamento O, modificaron la sociedad “BAZAR NATURAL LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha treinta de enero del año dos mil doce ante el Notario Público de Santiago Luis Poza Maldonado, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago, a fojas ocho mil ochocientos setenta y dos número seis mil doscientos noventa y dos del año dos mil doce.- Capital Inicial.- $500.000.- RUT: 76214.326-7.- Don CHRISTIAN ENRIQUE BORQUEZ cede el 100% de sus derechos, ascendente al 50% de los derechos sociales: a MARIA CAROLINA GEISSE OSSORIO, el 98%, por el precio de $500.000.-pagado y cancelado y a MARGARITA MARIA OSSORIO FARIAS el 2% por el precio de $10.000.-, pagado y cancelado, quedando de este modo como únicas socias doña MARIA CAROLINA GEISSE OSSORIO, con el 99% de los derechos sociales y doña MARGARITA MARIA OSSORIO FARIAS, con el 1%de los derechos sociales, quienes ratificaron el pacto social, con la siguiente modificación: Desde esta fecha, el uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad corresponderá exclusivamente, a la socia MARIA CAROLINA GEISSE OSSORIO con las facultades establecidas en el TITULO TERCERO CLAUSULA SEPTIMA del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 28 de octubre del 2.019.-