CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

IMPULSO SOLAR LAS COLCAS SpA

RUT 76505419-2 CVE 1676687
Fecha instrumento
28 de octubre de 2019

Instrumento

Fecha
28 de octubre de 2019
Repertorio
3274-2019
Notario
ARMANDO ULLOA CONTRERAS
Domicilio
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Impulso Capital S.A accionista 76505419-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ARMANDO ULLOA CONTRERAS, Notario Público Titular de Santiago, con oficio en Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, Local 15 A2, Certifica: Por escritura pública de 28 de 0ctubre de 2019, repertorio Nº3274-2019.- otorgada ante mi, Impulso Capital S.A., RUT Nº 76.505.419-2, representada por don José María Grugues Ortuño, en su calidad de única accionista, modificó la sociedad por acciones “IMPULSO SOLAR LAS COLCAS SpA” inscrita a fojas 93952 número 50394, Registro Comercio de Santiago año 2017, en los siguientes términos: i) Se modificó el artículo quinto, quedando el artículo quinto como sigue: “ARTÍCULO QUINTO El capital de la sociedad es de un millón quinientos mil pesos, dividido en mil acciones nominativas de las cuales habrá ochocientas cincuenta acciones ordinarias de la serie A por un valor de un millón doscientas setenta y cinco mil pesos y ciento cincuenta acciones preferentes por valor de doscientas veinte y cinco mil pesos, correspondientes a la serie B. Las acciones de la serie B, preferentes permitirán, a quienes las posean, conservar el porcentaje original en la SOCIEDAD, sin necesidad de realizar aportes de capital para mantener su porcentaje de capital de la SOCIEDAD, ni tampoco aportar en préstamos participativos, prestamos corporativos ni deuda subordinada. Esta preferencia tendrá una duración de 30 años, de acuerdo a lo establecido en el artículo veinte de la ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedades anónimas, sin embargo, se pondrá prorrogar la preferencia, una vez cumplido el plazo, aprobándose mediante una junta extraordinaria de accionistas que autorice la prórroga”; y ii) Se modificó el artículo Decimo de los estatutos sociales quedando el artículo decimo como sigue: “Se procederá a modificar el artículo DECIMO de los estatutos sociales, en cuanto a la administración, dejándolo como sigue: ARTICULO DECIMO: Se establecerá un consejo de administración, compuesto por dos administradores, representantes de los accionistas que posean acciones de la serie A y un administrador representante de los accionistas de la serie B, la función de administrador no será remunerada. La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación legal, corresponderá a José María Grugues Ortuño con las facultades ya otorgadas en los estatutos, las que se mantendrán”. En consecuencia se modificó artículo PRIMERO Transitorio de los Estatutos Sociales, quedando el artículo como sigue: “ARTÍCULO Eliminar el actual artículo primero transitorio por haber perdido vigencia y establecer el siguiente: “ARTÍCULO primero TRANSITORIO: El capital de la sociedad, ascendente a un millón quinientos mil pesos dividido en mil acciones, de las cuales ochocientas cincuenta son de la serie A y ciento cincuenta de la serie B, se entera, suscribe y paga en este acto en dinero efectivo. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado”. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de octubre de 2019.