MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA COSTA SOL LIMITADA

RUT 76019648-7 CVE 1677108
Fecha instrumento
30 de octubre de 2019
Notaría
Viña del Mar de don Juan José Veloso Mora
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2019
Notario
LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
Domicilio
esta ciudad
Comuna
Viña del Mar de don Juan José Veloso Mora

Sociedad

Domicilio
Viña del Mar
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Abogado, Notario Público de esta ciudad, con oficio en calle Doce Norte número setecientos ochenta y cinco, piso tres, Viña del Mar, certifica: por escritura pública con fecha 17/10//2019 ante mí, don ALEJANDRO DE CASO RODRIGUEZ, cédula de identidad número ocho millones ciento dieciséis mil ochocientos cincuenta y siete guión uno, y doña CAROLINE ELIZABETH TERRY JARA, cédula de identidad número siete millones cuarenta mil ciento treinta y nueve guión ocho, ambos domiciliados en calle Arlegui quinientos noventa y cinco, oficina A uno guión dos, comuna de Viña del Mar, vienen a transformar la sociedad de responsabilidad limitada, “CONSTRUCTORA COSTA SOL LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº 76.019.648-7, en una sociedad por acciones conforme a las disposiciones contenidas en los artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio, incorporados a ese cuerpo legal por la Ley número veinte mil ciento noventa, la que se denominará "CONSTRUCTORA COSTA SOL SpA", pudiendo actuar también ante terceros, incluso instituciones de orden bancario con el nombre de fantasía de “COSTA SOL SpA” Domicilio. La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Viña del Mar, sin perjuicio de abrir sucursales u oficinas en otras ciudades de Chile o el extranjero. Duración.- La sociedad comenzará sus operaciones a contar de la fecha de la escritura y su duración será indefinida.- El objeto de la sociedad será: A) La ejecución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de construcciones, ampliaciones, remodelaciones y reparaciones de viviendas, edificios, locales comerciales, obras de urbanización y de toda clase de obras civiles relacionadas con las antes indicadas, y su enajenación; B) la prestación de servicios en asesorías técnicas, estudios, diseño de ingeniería, especificaciones técnicas, planos, inspecciones técnicas de obra, emisión de informes y, en general, cualquier tipo de asesoría técnica en construcción, ingeniería o arquitectura; C) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. D) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y E) Cualquier otro acto, contrato o negocios que los socios acordaren.- Capital. El capital establecido en el artículo quinto del título segundo, ascendente a la suma de seis millones de pesos, dividido en treinta acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, está totalmente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente forma: A) Don ALEJANDRO DE CASO RODRÍGUEZ suscribe y paga quince acciones, aportando en dominio y enterándose en este acto todos los derechos que corresponden por el capital social pagado de tres millones de pesos, ya ingresado en la caja social; y B) Doña CAROLINE ELIZABETH TERRY JARA suscribe y paga quince acciones, aportando en dominio y enterándose en este acto todos los derechos que corresponden por el capital social pagado de tres millones de pesos, ya ingresado en la caja social. Se deja constancia que la sociedad fue constituida por escritura pública con fecha veintiocho de febrero de dos mil ocho, otorgada en la Notaria de Viña del Mar de don Juan José Veloso Mora, cuyo extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas cuatrocientos dos vuelta número cuatrocientos cuarenta y seis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, del año dos mil ocho, y publicado en el Diario Oficial número treinta y nueve mil treinta con fecha siete de abril de dos mil ocho. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 30 de Octubre de 2019.