CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Chañar SpA

CVE 1676932
Fecha instrumento
7 de octubre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2019
Notario
CLAUDIO TORRES BASTIAS
Oficio
Décima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La realización de toda clase de inversiones en el país o en el extranjero, por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo, tales como, la inversión en acciones, opciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades y)o asociaciones, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, pero no limitado a, acciones, bonos, opciones, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, y de todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, con la facultad de administrar dichas inversiones y su explotación, y de percibir sus frutos, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; b) la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, todo por cuenta propia o ajena; c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías de todo tipo a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en cualquier materia, ya sean civil, comercial, laboral, tributaria, deportiva, aduanera, de comercio exterior, etc., sin que la enumeración sea taxativa; en materias económicas, financieras, de inversión, de administración y dirección corporativa, estructuración financiera, emisión de deuda, emisión de acciones, fusiones y adquisiciones, aumentos de capital, etc.; d) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios los objetos indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, la sociedad podrá actuar en el país o en el extranjero, por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresadosa) La realización de toda clase de inversiones en el país o en el extranjero, por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo, tales como, la inversión en acciones, opciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades y)o asociaciones, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, pero no limitado a, acciones, bonos, opciones, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, y de todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, con la facultad de administrar dichas inversiones y su explotación, y de percibir sus frutos, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; b) la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, todo por cuenta propia o ajena; c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías de todo tipo a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en cualquier materia, ya sean civil, comercial, laboral, tributaria, deportiva, aduanera, de comercio exterior, etc., sin que la enumeración sea taxativa; en materias económicas, financieras, de inversión, de administración y dirección corporativa, estructuración financiera, emisión de deuda, emisión de acciones, fusiones y adquisiciones, aumentos de capital, etc.; d) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios los objetos indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, la sociedad podrá actuar en el país o en el extranjero, por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO TORRES BASTIAS, abogado, NOTARIO PUBLICO, Suplente en la Décima Tercera Notaría de Santiago, del titular don Clovis Toro Campos, con oficio en calle Compañía mil trescientos doce, certifico: Escritura pública hoy, ante mi, HÉCTOR HUGO DÍAZ MALUENDA, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y seis guión siete, domiciliado en Avenida Santa María cero doscientos seis, Providencia, Santiago y don WILLIAM MARIO REBOLLEDO ESPINOSA, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número doce millones noventa y dos mil trescientos cuarenta y ocho guión K, mayor de edad, domiciliado en calle Agustinas número mil cuatrocientos cuarenta y dos, Torre B, oficina doscientos uno, Santiago, constituyeron Sociedad por Acciones. Nombre: “Chañar SpA”. Objeto: a) La realización de toda clase de inversiones en el país o en el extranjero, por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo, tales como, la inversión en acciones, opciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades y/o asociaciones, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, pero no limitado a, acciones, bonos, opciones, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, y de todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, con la facultad de administrar dichas inversiones y su explotación, y de percibir sus frutos, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; b) la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, todo por cuenta propia o ajena; c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías de todo tipo a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en cualquier materia, ya sean civil, comercial, laboral, tributaria, deportiva, aduanera, de comercio exterior, etc., sin que la enumeración sea taxativa; en materias económicas, financieras, de inversión, de administración y dirección corporativa, estructuración financiera, emisión de deuda, emisión de acciones, fusiones y adquisiciones, aumentos de capital, etc.; d) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios los objetos indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, la sociedad podrá actuar en el país o en el extranjero, por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresadosa) La realización de toda clase de inversiones en el país o en el extranjero, por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo, tales como, la inversión en acciones, opciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades y/o asociaciones, pudiendo para tal efecto adquirir y enajenar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, pero no limitado a, acciones, bonos, opciones, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, y de todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, con la facultad de administrar dichas inversiones y su explotación, y de percibir sus frutos, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; b) la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, todo por cuenta propia o ajena; c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías de todo tipo a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas en cualquier materia, ya sean civil, comercial, laboral, tributaria, deportiva, aduanera, de comercio exterior, etc., sin que la enumeración sea taxativa; en materias económicas, financieras, de inversión, de administración y dirección corporativa, estructuración financiera, emisión de deuda, emisión de acciones, fusiones y adquisiciones, aumentos de capital, etc.; d) Formar parte de otras compañías, sea constituyéndolas o ingresando a sociedades ya constituidas. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios los objetos indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, la sociedad podrá actuar en el país o en el extranjero, por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. En general, la realización de todos los actos que sean necesarios o conducentes a la realización de los fines sociales recién expresados. Capital: El capital social será de un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal suscritas y pagadas. DOMICILIO: Santiago.- DURACION. Indefinida.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 07 de octubre 2019.-