Proveedor Maderas Estiba Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2019
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Oficio
- Sexta Notaría Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Proveedor Maderas Estiba Limitada | socio | 76007134-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular Sexta Notaría Concepción, oficio Colo Colo número 304, certifica: Que por escritura pública de fecha 30-08-2019, Rep N°3.727/2019 ante mí don FRANCISCO ESTEBAN HENRÍQUEZ PARRA, casado y separado totalmente de bienes; doña CECILIA ALEJANDRA GONZÁLEZ VILLAGRÁN, casada y separada totalmente de bienes; doña FRANCISCA ALEJANDRA HENRÍQUEZ GONZÁLEZ, soltera, todos domiciliados en la Ciudad de Concepción, Comuna de San Pedro de la Paz, Huertos Familiares, calle las Violetas 1734, CASA 535; y doña DANIELA REGINA HENRÍQUEZ GONZALEZ, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en la Ciudad y Comuna de Los Ángeles, Avenida Oriente, 785 casa 201, modificaron sociedad Proveedor Maderas Estiba Limitada, RUT N° 76.007.134-K la que fue constituida por Don FRANCISCO ESTEBAN HENRÍQUEZ PARRA y doña CECILIA ALEJANDRA GONZÁLEZ VILLAGRÁN, por Escritura Pública de fecha tres de diciembre del año dos mil siete, otorgada ante Notario Público de Concepción, don Ramón García Carrasco, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada Proveedor Maderas Estiba Limitada o Promaest Ltda, la que fue inscrita a fojas 869 N°501 del Registro de Comercio del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles y cuyo extracto fue publicado en el participación en dicha sociedad es de un 90% para don FRANCISCO ESTEBAN HENRÍQUEZ PARRA y el 10% para doña CECILIA ALEJANDRA GONZÁLEZ VILLAGRÁN. Por escritura de fecha tres de julio del año dos mil doce. Otorgada ante Notario Público de Concepción, don Ramón García Carrasco, don FRANCISCO ESTEBAN HENRÍQUEZ PARRA, vende, cede y transfiere un 5% de sus derechos sociales a doña DANIELA REGINA HENRÍQUEZ GONZALEZ, y un 5% de sus derechos sociales a doña FRANCISCA ALEJANDRA HENRÍQUEZ GONZALEZ. Así la sociedad queda constituida por don FRANCISCO ESTEBAN HENRÍQUEZ PARRA con un 80% de los derechos sociales, por doña CECILIA ALEJANDRA GONZALEZ VILLAGRAN, con un 10% de los derechos sociales; por doña DANIELA REGINA HENRÍQUEZ GONZALEZ, con un 5% de los derechos sociales; y por doña FRANCISCA ALEJANDRA HENRÍQUEZ GONZALEZ, con un 5% de los derechos sociales; la que fue inscrita a fojas 937 N°607 del Registro de Comercio del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 03 de agosto del año 2012. Por Escritura Pública de fecha 01 de abril del año 2019, se modificó y/o aclaro la última modificación social, ello en cuanto a que en ella se había indicado incorrectamente su razón social, como, “Proveedor de Maderas de Estiva” , siendo la correcta “Proveedor Maderas Estiva”, la que fue inscrita a fojas 259 N°171, del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles y cuyo extracto fue publicado en el estatuto social, en cuanto a que doña CECILIA ALEJANDRA GONZALEZ VILLAGRAN, vende cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales los que corresponden a un 10% de las acciones y derechos de la sociedad a doña DANIELA REGINA HENRIQUEZ GONZALEZ, quien los acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $2.000.000 pesos, pagados en dinero efectivo, declarando la cedente haberlos recibido conforme, en la forma indicada, a su entera satisfacción; asimismo doña FRANCISCA ALEJANDRA HENRÍQUEZ GONZALEZ, cede vende cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales los que corresponden a un 5% de las acciones y derechos de la sociedad a don FRANCISCO ESTEBAN HENRÍQUEZ PARRA quien los acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $1.000.000 pesos, pagados en dinero efectivo, declarando la cedente haberlos recibido conforme, en la forma indicada, a su entera satisfacción. A partir de esta fecha la sociedad queda constituida, por don FRANCISCO ESTEBAN HENRÍQUEZ PARRA, con el 85% de los derechos sociales y por doña DANIELA REGINA HENRIQUEZ PARRA, con un 15% de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, 23 de octubre de 2019.-vvl.