MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MAYORGA Y ROSS LIMITADA

RUT 76701180-6 CVE 1676577
Fecha instrumento
18 de octubre de 2019

Instrumento

Fecha
18 de octubre de 2019
Notario
JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
Oficio
Tercera Notaria

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, abogado, Notario Público Tercera Notaria, Arauco N° 620 Certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 18-10-2019, ante mí, don PABLO ANDRES MAYORGA ROSS; don CARMELO AURELIANO MAYORGA MUÑOZ y doña MARTHA INES ROSS GUENTELICAN, todos domiciliados en Chillán, Flores Millán, mil quinientos setenta y cinco casa treinta y uno C, rectificaron escritura pública de TRANSFORMACION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA a SOCIEDAD POR ACCIONES MAYORGA Y ROSS LIMITADA a MAYORGA Y ROSS SpA, extracto publicado en D.O. 17-05-2019. La publicación del extracto de saneamiento se efectúo en el 2019 C.B.R. Chillán, de de fecha 18-04 2019, en el siguiente sentido: En la cláusula ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: Se indicó: I.- A) Don PABLO ANDRES MAYORGA ROSS suscribe en este acto 30 acciones por un valor total de $2.000.000.-, esto es $100.000.- por acción, monto que se pagará al contado y en dinero efectivo, ingresando dicha suma íntegramente a la caja social. Siendo que lo correcto es, A) Don PABLO ANDRES MAYORGA ROSS suscribe en este acto 30 acciones por un valor total de $3.000.000.-, esto es $100.000.- por acción, monto que se pagará al contado y en dinero efectivo, ingresando dicha suma íntegramente a la caja social. II.- B) Doña MARTHA INES ROSS GUENTELICAN suscribe en este acto 30 acciones por un valor total de $2.000.000.-, esto es $100.000.- por acción, monto que se pagará al contado y en dinero efectivo, ingresando dicha suma íntegramente a la caja social. Siendo que lo correcto es, B) Doña MARTHA INES ROSS GUENTELICAN suscribe en este acto 30 acciones por un valor total de $3.000.000.-, esto es $100.000.- por acción, monto que se pagará al contado y en dinero efectivo, ingresando dicha suma íntegramente a la caja social. Demás estipulaciones escritura extractada. Chillán, 18-10-2019.-