CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA PAICAVÍ SpA

CVE 1676274
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
22 de octubre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de octubre de 2019
Repertorio
32560-2019
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Objeto social

a) Efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de fondos o sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza, así como toda clase de títulos, efectos de comercio o valores mobiliarios; administrar tales inversiones y sus frutos y disponer de las mismas en cualquier forma; b) Adquirir o enajenar, a cualquier título, administrar y explotar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, y construir en ellos, sea directamente o a través de terceros en cualquier forma; c) El loteo, subdivisión, parcelación y urbanización de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o ajena; d) La construcción, edificación, suministro, montaje, explotación, operación y disposición de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras, obras públicas o de otra especie, sea para sí o por cuenta de terceros; y, e) La realización de cualquier otra actividad o negocio complementario o relacionado con los señalados en este artículo. La sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o a través de cualquier otra sociedad o entidad de que forme parte o en que participe

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos N° 1.160, subsuelo, Santiago, certifica que: Por es critura pública de fecha 22 de Octubre de 2019, Repertorio N° 32.560-2019, ante mí , ALEXANDER MAXIMILIANO LETONJA CEPEDA, en representación de la sociedad INVERSIONES BÉRGAMO LIMITADA, ambos domiciliados en Magdalena 140, oficina 501, comuna de Las Condes, Santiago; y don MARK IGNACIO FAJARDIN MENGOD, en representación de la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA FASUR SpA, ambos domiciliados en Robles Nº 12.729, departamento 501, torre D, comuna de Lo Barnechea, Santiago; constituyen una sociedad por acciones, la que extracto: Nombre o Razón Social: “INMOBILIARIA PAICAVÍ SpA”, pudiendo usar también el nombre de fantasía “PAICAVÍ SpA”, para fines comerciales, financieros y de publicidad. Objeto: a) Efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de fondos o sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza, así como toda clase de títulos, efectos de comercio o valores mobiliarios; administrar tales inversiones y sus frutos y disponer de las mismas en cualquier forma; b) Adquirir o enajenar, a cualquier título, administrar y explotar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, y construir en ellos, sea directamente o a través de terceros en cualquier forma; c) El loteo, subdivisión, parcelación y urbanización de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, sea por cuenta propia o ajena; d) La construcción, edificación, suministro, montaje, explotación, operación y disposición de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras, obras públicas o de otra especie, sea para sí o por cuenta de terceros; y, e) La realización de cualquier otra actividad o negocio complementario o relacionado con los señalados en este artículo. La sociedad podrá desarrollar su objeto directamente o a través de cualquier otra sociedad o entidad de que forme parte o en que participe. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $100.000.- dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado conforme a lo dispuesto en el artículo primero transitorio. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de Octubre de 2019. Félix Jara Cadot. N.P.