INGENIERIA Y SERVICIOS SAN VICENTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de octubre de 2019
- Notario
- Francisco Javier Leiva Carvajal
- Oficio
- 2ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunategui 73, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 16-10-2019, ante mí: doña María Isabel Figueroa Henríquez, chilena, soltera, comerciante, C.I.N° 6.198.626-K, domiciliada en calle Carmen Covarrubias N° 260, Dpto. 1002, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; doña Mónica Consuelo Ahumada Cuevas, chilena, divorciada, constructor civil, C.I.N° 8.774.472-8, domiciliada en calle Pedro Fontova N° 8002, casa 3, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; y don Sebastián Franz Aranda Figueroa, chileno, constructor civil, divorciado, C.I.N° 11.635.571-K, domiciliado en calle Carmen Covarrubias N° 260, Dpto. 1002, comuna de Ñuñoa Región Metropolitana; modificaron sociedad "INGENIERIA Y SERVICIOS SAN VICENTE LIMITADA". Inscrita a Fs. 19.224 N° 13.025 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2009. Rut. 76.068.055-9. Modificación consiste: Por el presente instrumento, doña María Isabel Figueroa Henríquez, vende, cede y transfiere a don Sebastián Franz Aranda Figueroa, quién compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos en la sociedad, ascendente a un 5% del interés social, el precio de esta cesión es la suma de $2.000.000, que don Sebastián Franz Aranda Figueroa paga en este acto a doña María Isabel Figueroa Henríquez, al contado y en dinero efectivo, quién declara recibirlo a su entera satisfacción. Doña Mónica Consuelo Ahumada Cuevas acepta expresamente la cesión señalada y manifiesta que no tiene reparo alguno en ella. Doña María Isabel Figueroa Henríquez y doña Mónica Consuelo Ahumada Cuevas manifiestan recíprocamente otorgarse el más amplio y total finiquito respecto de todas sus relaciones sociales señalando no queda ningún tema pendiente ni entre ellos ni en sus relaciones con respecto a la sociedad. En consecuencia, luego de la cesión efectuada en la cláusula segunda de este instrumento, la participación social queda como sigue: Doña Mónica Consuelo Ahumada Cuevas, con un 95% del interés social y don Sebastián Franz Aranda Figueroa, con un 5% del mismo. En todo lo que no se modifica por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social, particularmente en lo referido a la administración.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 25-10-2019.-