MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INGENIERIA Y SERVICIOS SAN VICENTE LIMITADA

RUT 76068055-9 CVE 1676410
Fecha instrumento
16 de octubre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de octubre de 2019
Notario
Francisco Javier Leiva Carvajal
Oficio
2ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunategui 73, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 16-10-2019, ante mí: doña María Isabel Figueroa Henríquez, chilena, soltera, comerciante, C.I.N° 6.198.626-K, domiciliada en calle Carmen Covarrubias N° 260, Dpto. 1002, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; doña Mónica Consuelo Ahumada Cuevas, chilena, divorciada, constructor civil, C.I.N° 8.774.472-8, domiciliada en calle Pedro Fontova N° 8002, casa 3, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; y don Sebastián Franz Aranda Figueroa, chileno, constructor civil, divorciado, C.I.N° 11.635.571-K, domiciliado en calle Carmen Covarrubias N° 260, Dpto. 1002, comuna de Ñuñoa Región Metropolitana; modificaron sociedad "INGENIERIA Y SERVICIOS SAN VICENTE LIMITADA". Inscrita a Fs. 19.224 N° 13.025 del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2009. Rut. 76.068.055-9. Modificación consiste: Por el presente instrumento, doña María Isabel Figueroa Henríquez, vende, cede y transfiere a don Sebastián Franz Aranda Figueroa, quién compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos en la sociedad, ascendente a un 5% del interés social, el precio de esta cesión es la suma de $2.000.000, que don Sebastián Franz Aranda Figueroa paga en este acto a doña María Isabel Figueroa Henríquez, al contado y en dinero efectivo, quién declara recibirlo a su entera satisfacción. Doña Mónica Consuelo Ahumada Cuevas acepta expresamente la cesión señalada y manifiesta que no tiene reparo alguno en ella. Doña María Isabel Figueroa Henríquez y doña Mónica Consuelo Ahumada Cuevas manifiestan recíprocamente otorgarse el más amplio y total finiquito respecto de todas sus relaciones sociales señalando no queda ningún tema pendiente ni entre ellos ni en sus relaciones con respecto a la sociedad. En consecuencia, luego de la cesión efectuada en la cláusula segunda de este instrumento, la participación social queda como sigue: Doña Mónica Consuelo Ahumada Cuevas, con un 95% del interés social y don Sebastián Franz Aranda Figueroa, con un 5% del mismo. En todo lo que no se modifica por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social, particularmente en lo referido a la administración.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 25-10-2019.-