CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

CLAUDIO PATRICIO SEVERÍN CORTES INMOBILIARIA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CVE 1676352
Fecha instrumento
28 de octubre de 2019

Instrumento

Fecha
28 de octubre de 2019
Notario
EDWIN RIFFO GONZALEZ
Domicilio
Iquique

Objeto social

A) Efectuar negocios inmobiliarios y obras menores, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, reparaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y)o explotarlas por cuenta propia o ajena, dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces, administrar estas inversiones y percibir frutos. b) La prestación de servicios de asesoría, especialmente materias inmobiliarias. c) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDWIN RIFFO GONZALEZ, Notario Público Iquique, Suplente del Titular don NESTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí, don CLAUDIO PATRICIO SEVERÍN CORTES, chileno, divorciado, treinta y nueve años de edad, supervisor de operaciones, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos cuarenta y dos mil trescientos setenta y tres guión uno, con domicilio en la ciudad de Iquique, Pasaje Playa Chauca número tres mil quinientos treinta y dos, mayor de edad, quien acredita su identidad con el documento señalado, expone: Por el presente acto viene en constituir una empresa individual de responsabilidad limitada, que se regirá por este estatuto y por las normas de la ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete y en subsidio por las normas de la Ley número tres mil novecientos dieciocho, por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio, que le sean aplicables y que versen sobre la materia y en especial por las estipulaciones contenidas en la escritura que en el presente acto se extracta: El nombre o razón social de la empresa individual de responsabilidad limitada será: “CLAUDIO PATRICIO SEVERÍN CORTES INMOBILIARIA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar igualmente, con los bancos e instituciones financieras, con fines comerciales y publicitarios, o de fantasía, y por contracción, con el nombre de “MIYALÚ E.I.R.L”.- La sociedad tiene por objeto: A) Efectuar negocios inmobiliarios y obras menores, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, reparaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y/o explotarlas por cuenta propia o ajena, dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces, administrar estas inversiones y percibir frutos. b) La prestación de servicios de asesoría, especialmente materias inmobiliarias. c) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su objeto. Para todos los efectos legales se fija domicilio en la ciudad de Iquique y se someten a la jurisdicción de sus tribunales.- La duración de la empresa es indefinida. El capital Asciende a la suma $500.00, suma que se paga en este, al contado y en dinero efectivo, las que ingresan a la caja social. El constituyente responderá con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte que se realiza en este acto y del que pudiere realizar en futuras modificaciones. La administración y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a don CLAUDIO PATRICIO SEVERÍN CORTES. Sin que la enumeración que sigue sea considerada taxativa o limitativa, sino meramente enunciativa de sus facultades, dispondrá de las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo celebrar y ejecutar todos los actos, contratos y convenciones, cualquiera sea su naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social,. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique, 28 de Octubre de 2019.-