SOCIEDAD DEPORTIVA Y COMERCIAL TENIS GABRIELA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de julio de 2016
- Repertorio
- 892-2019
- Notario
- ANDRÉS VEGA ALVARADO
- Oficio
- 4 Notaría de Puente Alto
- Comuna
- Puente Alto
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 18.046
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Fabricación, instalación y administración por cuenta propia o terceros de canchas deportivas de tenis, básquetbol, futbolito, etc., gimnasio con aparatos de enseñanza y entrenamiento cursos especiales deportivos, juegos varios; realización eventos especiales, jornadas olímpicas y todo relacionado deportes, sea distribución, manufactura, importación, exportación, adquisición, venta y comercialización, mayor y detalle, cuenta propia o terceros, de todo producto y artículos y vestuario deportivos y la realización y representación toda clase negocios, personas, bienes y productos, cualquier otra actividad socios acuerden, pudiendo arrendar, comprar y vender los inmuebles y terrenos donde se instalen canchas deportivas referidas
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JAIME ANTONIO ALCAINO GONZALEZ
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS VEGA ALVARADO, Notario Público Titular 4 Notaría de Puente Alto, con domicilio en calle Balmaceda N° 371, local 113, certifico que por escritura pública hoy ante mí, don LUIS ALEJANDRO URRUTIA CARVAJAL, y don JAIME ANTONIO ALCAINO GONZALEZ, ambos domiciliados para estos efectos en calle San Jorge N° 1975, comuna de La Florida, ciudad de Santiago, Región Metropolitana.- Por Escritura Pública de fecha 08 de julio del año 2016, otorgada en la Notaria de Puente Alto de don Andrés Vega Alvarado, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD DEPORTIVA Y COMERCIAL TENIS GABRIELA LIMITADA", cuyo extracto se inscribió a fojas 50.060 Nº 27.396 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016. - Conforme a los actuales estatutos de la sociedad referida, el capital social de esta asciende a la suma total de $1.000.000 cuyo aporte se pactó por los socios de la siguiente forma: Uno) Don LUIS ALEJANDRO URRUTIA CARVAJAL aportó $500.000 ascendente al 50% del capital social; Dos) Don JAIME ANTONIO ALCAINO GONZALEZ aportó $500.000 ascendente al 50% del capital social.- Don LUIS ALEJANDRO URRUTIA CARVAJAL vende, cede y transfiere la totalidad de su participación social en la sociedad referida ascendente al 50% del capital social a don JAIME ANTONIO ALCAINO GONZALEZ, el precio es de $500.000 que el cesionario entrega en este acto y en dinero en efectivo al cedente y este a su vez declara recibir a su entera satisfacción.- Consecuencia de la cesión efectuada la sociedad referida queda conformada como único socio don JAIME ANTONIO ALCAINO GONZALEZ, con la suma de $1.000.000 representativos de un 100% del capital social.- Por el presente instrumento el único y actual socio de la sociedad referida es don JAIME ANTONIO ALCAINO GONZALEZ, viene en transformarla en una Sociedad Por Acciones que se regirá por las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, por los siguientes estatutos extractadas, y en forma supletoria por las normas que le fueren aplicables de la ley 18.046 respecto de las sociedades anónimas cerradas: Razón social: “SOCIEDAD DEPORTIVA Y COMERCIAL TENIS GABRIELA SpA” cuyo nombre de fantasía será “TENIS GABRIELA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: Fabricación, instalación y administración por cuenta propia o terceros de canchas deportivas de tenis, básquetbol, futbolito, etc., gimnasio con aparatos de enseñanza y entrenamiento cursos especiales deportivos, juegos varios; realización eventos especiales, jornadas olímpicas y todo relacionado deportes, sea distribución, manufactura, importación, exportación, adquisición, venta y comercialización, mayor y detalle, cuenta propia o terceros, de todo producto y artículos y vestuario deportivos y la realización y representación toda clase negocios, personas, bienes y productos, cualquier otra actividad socios acuerden, pudiendo arrendar, comprar y vender los inmuebles y terrenos donde se instalen canchas deportivas referidas. Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de $1.000.000 divididos en 1.000 acciones de una misma serie, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan de la siguiente forma: Don JAIME ANTONIO ALCAINO GONZALEZ entera y paga 1.000 acciones, mediante el aporte de la cantidad de $1.000.000, lo que equivale y corresponde al 100% del patrimonio de la sociedad, capital que enteró en dinero efectivo mediante la suscripción y pago de sus derechos en la “SOCIEDAD DEPORTIVA Y COMERCIAL TENIS GABRIELA LIMITADA”.- El domicilio legal será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- La duración de la sociedad será indefinida.- Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JAIME ANTONIO ALCAINO GONZALEZ.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puente Alto, 14 de octubre del 2019. Repertorio N° 892-2019.-