SAPROCESS CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2019
- Notario
- MARGARITA MORENO ZAMORANO
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARGARITA MORENO ZAMORANO, Abogado, Notario Público Interino de la Vigésima Séptima Notaria de Santiago, con ofico en calle Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, ante mi: Que por escritura de fecha 30/09/2019, otorgada ante mi: don NORTON MONIER RUIZ ARAYA, chileno, casado, ingeniero comercial mención en informática, cedula nacional de identidad N° 14.056.605-5, domiciliado en Alter Real Sur N°1.538, comuna de Huechuraba; don FELIPE RUIZ ARAYA, chileno, soltero, ingeniero comercial, Cédula nacional de identidad N° 15.676.146-K, domiciliado en Alter Real Sur N° 1.538, comuna de Huechuraba; y don MARCO ANDRES LOPEZ ALVEAR, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N° 10.684.962-5, domiciliado en Calle Veintitrés de Febrero N° 9.039 letra C, comuna de La Reina, todos en calidad de únicos y actuales socios, modifican la sociedad SAPROCESS CONSULTORES LIMITADA inscrita en Registro de Comercio de Santiago a fojas 53.791, N°33.269 del año 2014. Esta modificación consiste: 1. Cesión de derechos.- El socio don FELIPE RUIZ ARAYA, vende, cede y transfiere a los socios: (a) don NORTON MONIER RUIZ ARAYA, ya individualizado, el 5% de los derechos sociales de su propiedad, que equivalen al 50% de sus derechos sociales, en la sociedad SAPROCESS CONSULTORES LIMITADA, en la suma de $500.000 y; (b) a don MARCO ANDRES LOPEZ ALVEAR ya individualizado, el 5% de los derechos sociales de su propiedad, que equivalen al 50% de sus derechos sociales en la sociedad SAPROCESS CONSULTORES LIMITADA, en la suma de $500.000, produciéndose de esta forma la cesión del 100% de sus derechos sociales.- 2. Transformación de sociedad. Por el presente instrumento, los comparecientes, don NORTON MONIER RUIZ ARAYA y don MARCO ANDRES LOPEZ ALVEAR, en su calidad de únicos socios de la sociedad SAPROCESS CONSULTORES LIMITADA, acuerdan transformar la sociedad de responsabilidad limitada, en una sociedad por acciones (SpA) con el nombre de “SAPROCESS CONSULTORES SpA”. 3. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de un $1.000.000 de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, los accionistas don NORTON MONIER RUIZ ARAYA y don MARCO ANDRES LOPEZ ALVEAR, suscriben en este acto, la cantidad de cincuenta acciones cada uno, las que pagan con la suma de quinientos mil pesos al contado, en este acto y en dinero efectivo, enterándolo en caja social. 4.Objeto de la sociedad: El objeto de la sociedad será el siguiente: a) prestar asesorías y consultorías en las áreas de la ingeniería administrativa, informática, finanzas, procesos comerciales y de apoyo a la gestión empresarial; y b) procesamiento de datos masivos en sistemas informáticos; c) la adquisición, enajenación, arrendamiento, concesión, administración y explotación a cualquier título de todo tipo de inmuebles urbanos y/o agrícolas; d) la explotación, la compra y venta, el arrendamiento, la urbanización, la subdivisión, la edificación, la construcción, y en general, la adquisición y/o la enajenación y/o la posesión y/o tenencia, y la administración, a cualquier título, por cuenta propia o por cuenta de terceros y para la propiedad Sociedad o para terceros, de toda clases de bienes raíces, ya sean estos urbanos, rurales o agrícolas, y por naturaleza o adherencia; e)la gestión o administración de proyectos inmobiliarios referidos al planeamiento a la comercialización de oficinas, casas, habitaciones, condominios, o conjuntos habitacionales, edificios de departamentos, locales comerciales y boxes o estacionamientos para automóviles o vehículos motorizados en general; f) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, opciones a la compraventa de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas en Fondos Mutuos, derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, de personas, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos por el Estado, por instituciones públicas o por entidades o sociedades privadas, nacionales o extranjeras la realización de informes radiológicos de patologías médicas, y procedimientos médicos; y, g) La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora; y h) la realización de cualquier otro acto, contrato negocio que los socios de común acuerdo determinen.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 23 de octubre 2019.