Mery y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2019
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: por escritura pública fecha 07 de Octubre de 2019, ante mí, Marta Beatriz Crespo Aguirre, Joaquín Luis Mery de la Cuadra, Francisco Javier Mery Crespo, Francisca Mery Hernández, Waleska Jeannette Venegas Loubies, Luis Mery Crespo, Constanza Mery de la Cuadra Benjamín Mery de la Cuadra, todos domiciliados en calle Limache N° 3.253, oficina O, Viña del Mar, modificaron la sociedad “Mery y Compañía Limitada”, inscrita a fojas 1371 N° 1568 del Registro de Comercio Viña del Mar año 2009, en el siguiente sentido: 1) Joaquín Luis Mery de la Cuadra cede la totalidad de los derechos en la sociedad, esto es, cede el 9,2525% de los derechos de la sociedad a Constanza Mery de la Cuadra, y cede el 9,2525% de los derechos de la sociedad a Benjamín Mery de la Cuadra. En consecuencia, quedan como únicos y exclusivos socios: (a) doña Marta Beatriz Crespo Aguirre, con el 15,61% del capital social; (b) doña Francisca Mery Hernández con el 9,69% del capital social; (c) doña Waleska Jeannette Venegas Loubies, con el 22,690% del capital social; (d) don Francisco Javier Mery Crespo, con el 15% del capital social; (e) don Luis Mery Crespo, con el 18,505% del capital social; (f) doña Constanza Mery de la Cuadra, con el 9,2525% del capital social; y (g) don Benjamín Mery de la Cuadra, con el 9,2525% del capital social. 2) Se modificó la administración, representación y uso de la razón social, en el sentido que el socio administrador don Francisco Javier Mery Crespo mantendrá todas las facultades que le fueron conferidas por la escritura pública de fecha 31 de enero de 2018, otorgada en la Notaría de Viña del Mar de don Luis Enrique Fischer Yavar, con la salvedad de las facultades de representar a la sociedad en las operaciones de comercio exterior, particularmente las compras, importaciones y exportaciones de productos, mercaderías e insumos, así como las actuaciones que deban cumplirse ante el Banco Central de Chile, el Servicio Nacional de Aduanas y cualquiera otras autoridades en las operaciones que digan relación con la importación o exportación de mercaderías, sean temporales o definitivas, quedando dichas facultades radicadas exclusivamente en el socio don Luis Mery Crespo, quien podrá actuar en esas materias con todas las facultades pactadas en el estatuto social. Demás cláusulas constan en escritura que extracto. Santiago, 09 de Octubre de 2019.-