MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA SANTA CLARA DE MELIPULLI LIMITADA

RUT 76165743-7 CVE 1675692
Fecha instrumento
25 de octubre de 2019
Notaría
Puerto Varas

Instrumento

Fecha
25 de octubre de 2019
Repertorio
1470-2014
Notario
Ricardo Fontecilla Gallardo
Oficio
Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue
Comuna
Puerto Varas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Avenida Vicente Pérez Rosales Nº213, certifico que, por escritura ante mí, de fecha 25 de Octubre de 2019, DOMINGO FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, C.I N°6.529.600-4, Médico Cirujano, domiciliado en Calle Aníbal Pinto N°294, Puerto Montt; Doña REGINA ODILIA HERRERA SOTO, educadora de párvulos, C.I N°7.093.277-6, domiciliada en calle Aníbal Pinto N° 294, comuna de Puerto Montt; Don CARLOS FRANCISCO MARTINEZ HERRERA, médico cirujano, C.I N° 13.738.903-7, domicilio calle Aníbal Pinto N° 294, Puerto Montt; GLADYS ELIZABETH MARTÍNEZ HERRERA, abogado, C.I N° 15.284.470-0, domicilio en Colonia La Poza KM 3 S/N, Puerto Varas; acordaron modificar INMOBILIARIA SANTA CLARA DE MELIPULLI LIMITADA, inscrita a fojas 614 N° 576 del Registro de Comercio de Puerto Montt año 2011; y, modificada a fojas 1522 Nº 1129 del Registro de Comercio de Puerto Montt año 2014: Uno) GLADYS ELIZABETH MARTÍNEZ HERRERA, vende, y cede a REGINA ODILIA HERRERA SOTO, quien compra, recibe y adquiere para sí, la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad, derechos sociales cuyo capital social en la especie corresponde al 15% del total de los derechos sociales de INMOBILIARIA SANTA CLARA DE MELIPULLI LIMITADA. Dos) Sociedad “INMOBILIARIA SANTA CLARA DE MELIPULLI LIMITADA”, ha quedado tras la cesión de derechos, formada por los siguientes y únicos socios en la proporción que se indica, en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados: a) don DOMINGO FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, titular del 35% de los derechos en la sociedad señalada, b) doña REGINA ODILIA HERRERA SOTO, titular del 50% de los derechos en la sociedad señalada, y c) Don CARLOS FRANCISCO MARTINEZ HERRERA titular del 15% de los derechos en la sociedad señalada. Tres) La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña REGINA ODILIA HERRERA SOTO, quién anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, manteniéndose, en cuanto a las facultades y limitaciones de administración, aquellas establecidas en la Escritura Pública de Modificación de fecha 22 de octubre año 2014, Notario Público Titular don Ricardo Fontecilla Gallardo, repertorio N° 1470-2014. Cuatro) En todo lo no modificado por el presente instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social constitutivo y de su escritura de modificación citadas en la escritura extractada. Llanquihue, 28 de Octubre de 2019.-