Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2019
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: (a) El estudio, análisis, propuesta y materialización de cualquier tipo e inversiones; (b) La constitución y administración de sociedades de cualquier tipo de inversiones, sea que la sociedad sea socio o accionista, o por cuenta de terceros; (c) El ejercicio de representaciones, mandatos, agencias, comisiones y toda clase de gestiones de negocios; la administración de bienes, capitales y empresas y, en general, el cumplimiento de encargos fiduciarios; (d) La prestación de servicios de asesoría en materias legales, financieras, contables, de gerencia y de administración; y la elaboración de estudios y análisis económicos, financieros, legales y de gestión; (e) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios y la administración, adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; y, (f) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. III. Capital y Acciones: Capital es $500.000, dividido en 5.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que encuentra íntegramente suscrito y pagará en 3 años contados desde la fecha de escritura pública de constitución. IV
Administración
La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas, quienes actuando de la manera que se indique y anteponiendo a su firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. La designación o reemplazo del o los administradores de la sociedad se hará por los accionistas en la respectiva Junta de Accionistas, que podrá celebrarse en Chile o el extranjero, la que deberá protocolizarse o reducirse a escritura pública, y de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Se deja expresa constancia que para efectos de la primera designación de apoderados o gerentes de la sociedad, esta se hará en articulado transitorio estatutos extractados. En Artículo Segundo Transitorio Estatutos se deja expresa constancia designación como Administrador, Apoderado y Representante de la Sociedad a GONZALO IGNACIO RUIZ FEHRMAN, abogado, CNI Nº 8.961.001-k quien representará a “GESTORA LO OROZCO SpA” con todas y cada una facultades contenidas en Artículo Noveno
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| GONZALO IGNACIO RUIZ FEHRMAN | socio | 8961001-K | — | — | |
| Apoderado y Representante de la Sociedad a GONZALO IGNACIO RUIZ FEHRMAN | socio | 8961001-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy ante mi don GONZALO IGNACIO RUIZ FEHRMAN, abogado, CNI Nº 8.961.001-k, domiciliado en Renato Sánchez N° 3.533, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: I. Razón social: La razón social será “GESTORA LO OROZCO SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “LO OROZCO SpA”. II. Objeto: El objeto de la sociedad será: (a) El estudio, análisis, propuesta y materialización de cualquier tipo e inversiones; (b) La constitución y administración de sociedades de cualquier tipo de inversiones, sea que la sociedad sea socio o accionista, o por cuenta de terceros; (c) El ejercicio de representaciones, mandatos, agencias, comisiones y toda clase de gestiones de negocios; la administración de bienes, capitales y empresas y, en general, el cumplimiento de encargos fiduciarios; (d) La prestación de servicios de asesoría en materias legales, financieras, contables, de gerencia y de administración; y la elaboración de estudios y análisis económicos, financieros, legales y de gestión; (e) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios y la administración, adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; y, (f) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. III. Capital y Acciones: Capital es $500.000, dividido en 5.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que encuentra íntegramente suscrito y pagará en 3 años contados desde la fecha de escritura pública de constitución. IV. Administración: La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas, quienes actuando de la manera que se indique y anteponiendo a su firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad. La designación o reemplazo del o los administradores de la sociedad se hará por los accionistas en la respectiva Junta de Accionistas, que podrá celebrarse en Chile o el extranjero, la que deberá protocolizarse o reducirse a escritura pública, y de cuyo contenido deberá tomarse nota al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo. Se deja expresa constancia que para efectos de la primera designación de apoderados o gerentes de la sociedad, esta se hará en articulado transitorio estatutos extractados. En Artículo Segundo Transitorio Estatutos se deja expresa constancia designación como Administrador, Apoderado y Representante de la Sociedad a GONZALO IGNACIO RUIZ FEHRMAN, abogado, CNI Nº 8.961.001-k quien representará a “GESTORA LO OROZCO SpA” con todas y cada una facultades contenidas en Artículo Noveno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de Octubre de 2019.