MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL JACQUES GARCIA LIMITADA

RUT 76103046-9 CVE 1675608
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2019
Notaría
Rancagua Campos
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2019
Repertorio
1335
Comuna
Rancagua Campos

Sociedad

Duración
5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución. Sin embargo, este plazo se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguna de las partes manifestare su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial y de cualquiera de sus prórrogas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ERNESTO MONTOYA PEREDO Notario Público titular 3° Notaria Rancagua Campos 377, Certifica: Por escritura otorgada ante mi suplente Ximena Carmona Torres, con fecha 24 de Septiembre de 2019, conforme Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, doña VIVIANNE JACQUES PENA, don CARLOS DANIEL GARCIA DE BARROS, ambos domiciliados en Los Peumos L cuarenta y ocho, Parque Residencial Golf Los Lirios, comuna de Requínoa, Rancagua; ambos por sí y en representación de INVERSIONES JACQUES GARCIA LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ochenta y cinco mil trescientos cuarenta y dos guión nueve, de sus mismo domicilio corrigieron y sanearon con esta fecha, constitución de sociedad COMERCIAL JACQUES GARCIA LIMITADA de fecha ocho de marzo del año dos mil diez, otorgada ante mí, repertorio Nº1335, inscrita fojas 196 vuelta Nº 282 Registro Comercio año 2010, Conservador de Bienes Raíces Rancagua y publicada con fecha 6 de mayo del año 2010 en Diario Oficial. Vicio consistió en error en el extracto en cuanto a la duración de la sociedad. El cual debe decir: Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución. Sin embargo, este plazo se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguna de las partes manifestare su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial y de cualquiera de sus prórrogas, demás estipulaciones escritura extractada. En todo lo no modificado rige plenamente pacto social. Rancagua, 15 de octubre de 2019.