COFFEE & TEA TRADING COMPANY SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2019
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Junta acordó asimismo modificación del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario público, Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos Nº 332 Santiago, certifica, hoy, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria Accionistas COFFEE & TEA TRADING COMPANY SpA, extracto inscrito Fs. 14.375 N° 9003, Registro de Comercio Santiago 2014, celebrada en mi presencia y totalidad accionistas, quienes acordaron: I. Modificación razón social. Junta acordó cambio razón social de “Coffee & Tea Trading Company SpA”, a “Cop Rose SpA”. En consecuencia, se acordó modificación de artículo primero de estatutos por el siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad se denomina “Cop Rose SpA”. Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados.” II.- Modificación objeto social. Junta acordó asimismo modificación del objeto social. En consecuencia, se acordó modificar el artículo tercero de los estatutos, por el siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto: a) La importación, exportación, arrendamiento, comercialización, distribución, representación y comercialización de todo tipo de bienes muebles, en especial, de artículos y/o equipos electrónicos, así como de sus partes, piezas, repuestos y accesorios; b) Efectuar toda clase de transacciones e inversiones de bienes muebles e inmuebles, rurales y urbanos, corporales e incorporales, en acciones, bonos, pagarés, documentos negociables, valores mobiliarios y efectos de comercio en general; y, c) Realizar cualquier otra actividad que complemente el objeto antes indicado, pudiendo formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines.” III. Modificación de otras materias. La Junta acordó, además, la modificación de materias que no son objeto de extracto en conformidad a la Ley. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de Octubre de 2019.- A. MOZO A.