CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Academia de Movimiento SpA

CVE 1675645
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
16 de octubre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de octubre de 2019
Repertorio
31419-2019
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Avenida Arzobispo Valdivieso N°433, ciudad de Santiago
Duración
tendrá una duración de 2 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) la realización de actividades deportivas y recreativas, para lo cual podrá comprar, dar y tomar en arrendamiento, administrar, establecer y construir campos deportivos, piscinas, gimnasios, campings y demás edificios, instalaciones y anexos necesarios o conducentes a tales fines; B) la fabricación y la manufactura de toda clase de artículos relacionados con temas deportivos, la importación y exportación, distribución y venta, al por mayor y al detalle, de materias primas y de los productos que elabore la sociedad; la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado, y toda otra actividad que se relacionen, en la actualidad o en el futuro; C) la organización de toda clase de espectáculos públicos, semipúblicos o privados, de teatro, cine, televisión, circo, musicales, de vídeo y de cintas magnetofónicas y las grabaciones y edición de éstas; la filmación de recepciones, fiestas, cumpleaños; la edición, producción, copia y distribución de películas y material de vídeo, formación de cooperativas de socios de videocintas. Comprar, vender, tomar y dar en arrendamiento, salas de espectáculos u otros locales al efecto; importar y exportar películas, cintas y videocintas y todo lo que esté, en cualquiera forma, relacionado con actuaciones de personas y)o espectáculos ahora o que lo esté en el futuro; D) la difusión y publicidad de todos los productos y servicios antes mencionados mediante plataformas físicas como virtuales de todo tipo; realización de eventos, charlas y capacitaciones con fines de promoción, publicidad e información de el o los productos y)o servicios como también de temas referentes al ámbito de la salud física, mental, espiritual, de forma general y específica

Administración

será ejercida por doña Sofía Anaís Nash Barría, don Sebastián Esteban Salvadores Scheihing, y doña Verena Victoria Salvadores Scheihing, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de 36 Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, Providencia, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 16 de octubre de 2019, Repertorio N° 31.419-2019, ante mí, doña Sofía Anaís Nash Barría, don Sebastián Esteban Salvadores Scheihing y doña Verena Victoria Salvadores Scheihing, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “Academia de Movimiento SpA”. Domicilio: Avenida Arzobispo Valdivieso N°433, ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales en otros puntos del territorio nacional o extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: A) la realización de actividades deportivas y recreativas, para lo cual podrá comprar, dar y tomar en arrendamiento, administrar, establecer y construir campos deportivos, piscinas, gimnasios, campings y demás edificios, instalaciones y anexos necesarios o conducentes a tales fines; B) la fabricación y la manufactura de toda clase de artículos relacionados con temas deportivos, la importación y exportación, distribución y venta, al por mayor y al detalle, de materias primas y de los productos que elabore la sociedad; la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que les sean permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado, y toda otra actividad que se relacionen, en la actualidad o en el futuro; C) la organización de toda clase de espectáculos públicos, semipúblicos o privados, de teatro, cine, televisión, circo, musicales, de vídeo y de cintas magnetofónicas y las grabaciones y edición de éstas; la filmación de recepciones, fiestas, cumpleaños; la edición, producción, copia y distribución de películas y material de vídeo, formación de cooperativas de socios de videocintas. Comprar, vender, tomar y dar en arrendamiento, salas de espectáculos u otros locales al efecto; importar y exportar películas, cintas y videocintas y todo lo que esté, en cualquiera forma, relacionado con actuaciones de personas y/o espectáculos ahora o que lo esté en el futuro; D) la difusión y publicidad de todos los productos y servicios antes mencionados mediante plataformas físicas como virtuales de todo tipo; realización de eventos, charlas y capacitaciones con fines de promoción, publicidad e información de el o los productos y/o servicios como también de temas referentes al ámbito de la salud física, mental, espiritual, de forma general y específica. Capital: $500.000, dividido y representado en 1000 acciones sin valor nominal, total de acciones que se aporta, entera, suscribe y paga íntegramente de la siguiente forma: a) el socio don SEBASTIÁN ESTEBAN SALVADORES SCHEIHING aporta la suma de $225.000, y que equivalen al 45% por ciento de los derechos sociales; b) la socia doña SOFÍA ANAIS NASH BARRÍA aporta la suma de $225.000, y que equivalen al 45% de los derechos sociales; c) y la socia doña VERENA VICTORIA SALVADORES SCHEIHING aporta la suma de $50.000, y que equivalen al 10% de los derechos sociales. Se da por enterado el capital, ingresando a la caja social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Duración: tendrá una duración de 2 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años. Administración: será ejercida por doña Sofía Anaís Nash Barría, don Sebastián Esteban Salvadores Scheihing, y doña Verena Victoria Salvadores Scheihing, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 24 de octubre de 2019.-