MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

70W INMOBILIARIA LIMITADA

RUT 76235140-4 CVE 1675804
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
1 de octubre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2019
Repertorio
30607-2019
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley Nº19.499

Objeto social

a) El desarrollo de proyectos inmobiliarios, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición de inmuebles, su división, fusión o modificación, la construcción y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos; arrendamiento o leasing de bienes raíces; y la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. Asimismo, podrá participar en la elaboración de proyectos de arquitectura, ingeniería, especialidades e inspección técnica de obras, y en la contratación de obras de construcción. Además, podrá prestar servicios en todas las áreas anteriormente indicadas. b) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad para fines de inversión y)o renta. c) Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados y que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 01/10/2019, Repertorio número 16.681/2019, ante mí, INVERSIONES EL YUNQUE LIMITADA, INVERSIONES BECUBO LIMITADA e INVERSIONES TERRAUBE LIMITADA, domiciliados en Avenida Vitacura 5.250, Of.308, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; en calidad de únicos socios de la sociedad 70W INMOBILIARIA LIMITADA, inscrita a fojas 60.005 número 29.376 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2019, acordaron los siguiente: Uno) Saneamiento de Constitución de Sociedad 70W Inmobiliaria Limitada. En la cláusula Quinta de la escritura pública de constitución escritura pública de fecha 25 de julio de dos 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Repertorio Nº30.607-2019, relativa al capital social, se incurrió en un error al señalarse la razón social de la socia “Inversiones Terraube Limitada”, ya que se la individualizó como “Inmobiliaria Terraube Limitada”. El mismo error se cometió en el extracto de dicha escritura, por lo que su publicación e inscripción en el Registro de Comercio adolecen también de él. En atención a ello y de conformidad a la Ley Nº19.499, todos los socios vienen en pactar el saneamiento de la constitución de la sociedad acordada mediante escritura pública de fecha 25 de julio de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Repertorio Nº30.607-2019, corrigiendo el vicio que la afecta, expresando que en la cláusula Quinta de ésta, al darse cuenta de la distribución del capital, donde dice: “y c) Inmobiliaria Terraube Limitada, la suma de doscientos mil pesos, equivalente a un veinte por ciento del capital social”, debe decir: “y c) Inversiones Terraube Limitada, la suma de doscientos mil pesos, equivalente a un veinte por ciento del capital social”. Dos) Transformar a la sociedad en una sociedad por acciones, que pasaría a regirse por el estatuto acordado en la escritura extractada y por las demás normas legales según sea el caso. Tres) Se acordó el estatuto de la sociedad cuyas menciones extractables son las siguientes: Razón Social: 70W INMOBILIARIA SpA. Domicilio: Santiago. Objeto: a) El desarrollo de proyectos inmobiliarios, comprendiendo la explotación directa o a través de terceros de los mismos en cualquier forma, esto es, la adquisición de inmuebles, su división, fusión o modificación, la construcción y venta de viviendas, oficinas o locales comerciales; su administración y percepción de frutos; arrendamiento o leasing de bienes raíces; y la renovación, remodelación, construcción y desarrollo de los mismos bienes para sí o terceros. Asimismo, podrá participar en la elaboración de proyectos de arquitectura, ingeniería, especialidades e inspección técnica de obras, y en la contratación de obras de construcción. Además, podrá prestar servicios en todas las áreas anteriormente indicadas. b) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad para fines de inversión y/o renta. c) Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados y que los socios acuerden. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas en las siguientes cantidades: a) Inversiones El Yunque Limitada suscribió 400.000 acciones por $400.000, que pagó con cargo al capital social ya aportado y pagado de modo previo a la transformación. b) Inversiones Becubo Limitada suscribió 400.000 acciones por $400.000, que pagó con cargo al capital social ya aportado y pagado de modo previo a la transformación. c) Inversiones Terraube Limitada suscribió 200.000 acciones por $200.000, que pagó con cargo al capital social ya aportado y pagado de modo previo a la transformación. Duración: Indefinida. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Octubre 28 de 2019. nrs.-