RIVERA HERMANOS CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Notario
- ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA
- Domicilio
- San Vicente
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 3 años, a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo se entenderá renovado en forma automática, por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término. Balance: Al 31 de Diciembre de cada año
Administración
corresponderá a ambos socios, forma conjunta, separada e indistintamente, con amplias facultades incluidas en la cláusula cuarta, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $1.500.000, cantidad que los socios aportan por iguales partes, al contado, en dinero efectivo. Asumiendo cada uno de ellos el 50% de los derechos sociales. Limitación de responsabilidad: Los socios la limitan al monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, Notario Público Titular San Vicente, Carmen Gallegos 321, certifico: por escritura pública, hoy ante mí, don LUIS HERNÁN RIVERA HERNÁNDEZ, C.I. N° 16.522.473-6, domiciliado en José Miguel Carrera, N°473, departamento N°412 Santiago Centro; de paso en esta, y don CRISTÓBAL ALEJANDRO RIVERA HERNÁNDEZ, C.I. N° 17.166.531-0, domiciliado en Santa Inés, La Laguna, casa N°32 San Vicente; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social será “RIVERA HERMANOS CONSULTORES LIMITADA”, el nombre de fantasía convenido es: “SOCIEDAD RIVHER LIMITADA”. El objeto pactado es: el fomento, desarrollo y fortalecimiento de las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas y cooperativas, actuando especialmente como organismo técnico de ejecución de conformidad a lo dispuesto en las prescripciones legales que rigen el SENCE, FOSIS, SERCOTEC, CEPRI, INDAP, Ministerio de Educación y otros organismos públicos o privados. Para la consecución de estos fines, la sociedad ejecutará acciones tales como: a) Realizar todo tipo de actividades dirigidas al fomento pequeñas, medianas y grandes empresas y cooperativas. B) Prestar asistencia técnica en organización, administración, comercialización, finanzas, asesorías contables y demás áreas de gestión empresarial. c) Desarrollar y promover charlas, seminarios, mesas redondas, foros, cursos y talleres orientados a la capacitación empresarial. d) Apoyar el fortalecimiento de organizaciones gremiales del sector. e) Promover y realizar estudios e investigaciones relacionadas con el objeto de la sociedad divulgarlos y publicarlos. f) Organizar todo tipo de eventos relacionados con el objeto de la sociedad. g) Gestionar apoyos financieros ante organismos nacionales e internacionales, públicos V privados, para impulsar el fomento y desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas y cooperativas. h). Colaborar con entidades públicas y privadas en la realización de actividades que le sean comunes conforme a sus objetivos. i) Celebrar y realizar convenios y programas de cooperación para el desarrollo con instituciones públicas y privadas, nacionales, internaciones y extranjeras en materias propias de los objetivos de la sociedad. j) Editar, difundir, distribuir y comercializar todo tipo de material impreso y/o grabaciones audiovisuales. k) La prestación de servicios de capacitación y asesoría profesional a instituciones públicas y privadas o a personas naturales o jurídicas y, en general, celebrar los actos y contratos que los socios acuerden y que permitan un mejor aprovechamiento de la organización de la sociedad. La Administración: corresponderá a ambos socios, forma conjunta, separada e indistintamente, con amplias facultades incluidas en la cláusula cuarta, de la escritura de constitución. El Capital Social asciende a la suma de $1.500.000, cantidad que los socios aportan por iguales partes, al contado, en dinero efectivo. Asumiendo cada uno de ellos el 50% de los derechos sociales. Limitación de responsabilidad: Los socios la limitan al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Duración: 3 años, a contar de la fecha de la escritura extractada, plazo se entenderá renovado en forma automática, por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término. Balance: Al 31 de Diciembre de cada año. Demás cláusulas contenidas en escritura extractada.- SAN VICENTE, 11 de Otubre de 2019.- ISABEL MARGARITA CHADWICK VERGARA, NOTARIO PUBLICO TITULAR.