CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

NVISION SpA

CVE 1675245
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de octubre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2019
Notario
OSVALDO PEREIRA GONZALEZ
Oficio
Décimo Cuarta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida
Ley aplicable
ley Nº 20.190

Administración

La sociedad será administrada por don Patricio Eduardo Sanhueza Ortega, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos cincuenta y tres mil ciento setenta y nueve guión tres, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad tendrá el uso de la razón social y representara a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Podrá actuar por sí o por intermedio de uno o más mandatarios que designe especialmente para este efecto mediante escritura pública de la que deberá tomarse razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. No obstante, se deja constancia que los mandatarios designados por el administrador para tales efectos, se entenderán facultados para administrar la sociedad, y representarla desde la fecha de la escritura pública de su designación, aún antes de que se tome nota de dicha escritura al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. Las funciones del administrador y de los apoderados a través de los cuales ejercerá la administración no serán remuneradas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OSVALDO PEREIRA GONZALEZ, abogado, Notario Público, Titular de la Décimo Cuarta Notaria de Santiago, con oficio en calle Teatinos número cuatrocientos cuarenta y nueve, sexto piso, Certificó por escritura pública de hoy ante mi, doña ISABEL MARGARITA AGUILERA PARRA, constituyo una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, las disposiciones de la ley Nº 20.190, sobre mercado de capitales y Ley Nº 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA SOCIEDAD. “NVISION PUBLICIDAD SpA”, sin embargo, podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, entidades financieras, el Servicio de Impuestos Internos y toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía “NVISION SpA”. OBJETO DE LA SOCIEDAD. El objeto de la sociedad será el siguiente: el estudio, creación, planificación, desarrollo y realización de campañas de publicidad y de propaganda de todo tipo; la producción, compraventa y arrendamiento de vídeos y material audiovisual, libros, folletos, películas, cintas magnéticas, discos, diskettes, dibujos, mapas, planos, fotografías, pinturas, originales y reproducciones, obras de arte y toda forma actual o futura de comunicar ideas o sentimientos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, otros que los socios acuerden, así cualquier otra actividad relacionada. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrán asimismo destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad que directa o indirectamente esté relacionada con el objeto antes descrito. CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en diez acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a 1 voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Este capital es aportado por su única accionista doña ISABEL MARGARITA AGUILERA PARRA, por la suma de $1.000.000 en efectivo, ya ingresado en caja social.- DOMICILIO. El domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN. La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida, salvo que el o los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo. ADMINISTRACIÓN. La sociedad será administrada por don Patricio Eduardo Sanhueza Ortega, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos cincuenta y tres mil ciento setenta y nueve guión tres, quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad tendrá el uso de la razón social y representara a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Podrá actuar por sí o por intermedio de uno o más mandatarios que designe especialmente para este efecto mediante escritura pública de la que deberá tomarse razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. No obstante, se deja constancia que los mandatarios designados por el administrador para tales efectos, se entenderán facultados para administrar la sociedad, y representarla desde la fecha de la escritura pública de su designación, aún antes de que se tome nota de dicha escritura al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. Las funciones del administrador y de los apoderados a través de los cuales ejercerá la administración no serán remuneradas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, a 15 de octubre de 2019.