CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CORRETAJE DE PROPIEDADES, INMOBILIARIA E INVERSIONES PARRA Y TORO LIMITADA

CVE 1675309
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de septiembre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de septiembre de 2019
Notario
CARLOS MIRANDA JIMENEZ
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Concepción
Duración
5 años a contar fecha escritura, renovable tácitamente si ningún socio le pone término conforme a escritura extractada

Objeto social

será: a) el corretaje de propiedades sobre bienes muebles e inmuebles; b) la inversión de valores, títulos de crédito, títulos valores, acciones, bonos, debentures, depósitos, opciones u otras formas de inversión en el mercado de capitales como fondos mutuos, renta fija o variable, encargo de administración de cartera de terceros, todo con el fin de obtener rentas; c) la compra venta e inversión en bienes inmuebles por naturaleza y)o por adherencia con el fin de obtener renta provenientes de los mismos. d) La inversión de los fondos sociales o los que obtenga la sociedad por cualquier título en bienes raíces, su administración y enajenación en cualquier forma; e) La administración de los bienes raíces sociales, la percepción de sus rentas y su inversión en cualquier forma; f) La constitución de otras sociedades de cualquier clase u objeto, su administración, participación y representación de esta sociedad en ellas sin limitaciones y para todo tipo de actos de administración y disposición; g) En general, realizar todos los actos que sean necesarios para el cabal cumplimiento del

Administración

corresponderá a doña Ignacia Valentina Parra Salazar y a don Alejandro José Toro Figueroa, conjuntamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS MIRANDA JIMENEZ, Notario Público de Concepción, con oficio en Barros Arana 989, certifica: Por escritura pública de 02 de Septiembre de 2019, ante mi suplente doña Diana Sepúlveda Moreno, IGNACIA VALENTINA PARRA SALAZAR y ALEJANDRO JOSÉ TORO FIGUEROA, ambos domiciliados en Rehue 650, depto. 203, comuna San Pedro de la Paz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, al monto de sus respectivos aportes, bajo razón social “CORRETAJE DE PROPIEDADES, INMOBILIARIA E INVERSIONES PARRA Y TORO LIMITADA”, pudiendo emplear el nombre de fantasía “PARRA Y TORO PROPIEDADES”.- OBJETO: será: a) el corretaje de propiedades sobre bienes muebles e inmuebles; b) la inversión de valores, títulos de crédito, títulos valores, acciones, bonos, debentures, depósitos, opciones u otras formas de inversión en el mercado de capitales como fondos mutuos, renta fija o variable, encargo de administración de cartera de terceros, todo con el fin de obtener rentas; c) la compra venta e inversión en bienes inmuebles por naturaleza y/o por adherencia con el fin de obtener renta provenientes de los mismos. d) La inversión de los fondos sociales o los que obtenga la sociedad por cualquier título en bienes raíces, su administración y enajenación en cualquier forma; e) La administración de los bienes raíces sociales, la percepción de sus rentas y su inversión en cualquier forma; f) La constitución de otras sociedades de cualquier clase u objeto, su administración, participación y representación de esta sociedad en ellas sin limitaciones y para todo tipo de actos de administración y disposición; g) En general, realizar todos los actos que sean necesarios para el cabal cumplimiento del objeto social.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a doña Ignacia Valentina Parra Salazar y a don Alejandro José Toro Figueroa, conjuntamente.- CAPITAL SOCIAL: $1.000.000.- que socios aportan y enteran en dinero efectivo e ingresan en arcas sociales, de la siguiente manera: 1) Ignacia Valentina Parra Salazar, $500.000.- aportados en este acto; y, 2) Alejandro José Toro Figueroa la suma de $500.000.- aportados en este acto.- Queda enterado el 100% del capital social.- DURACIÓN: 5 años a contar fecha escritura, renovable tácitamente si ningún socio le pone término conforme a escritura extractada.- DOMICILIO: Concepción.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, 24 de Octubre de 2019.