CONTROL SAT SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de julio de 2014
- Notario
- Elías Jarufe Rojas
- Oficio
- 47 Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalElías Jarufe Rojas, abogado, Notario Público, Titular 47 Notaria Santiago, con oficio av. Pedro de Valdivia 3317, Ñuñoa, certifica: Por escritura hoy, ante mí, don CRISTIAN ANDRES ALVARADO CASTRO, chileno, soltero, empresario, C.I. 18.539.612-6, domiciliado en Nueva Providencia 1881, Oficina 1620, comuna de Providencia, modificó Sociedad por Acciones “CONTROL SAT SpA”, constituida por escritura pública de fecha 01 de Julio de 2014 en esta Notaría, ante mí, inscrita a fojas 48.296, N° 29.926 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2014, y publicada en el Diario Oficial N° 40.901 del 07 de Julio de 2014, Rol Único Tributario N° 76.381.293-6; modificada con fecha 30 Mayo 2016, por escritura pública suscrita ante mí, extracto inscrito Registro de Comercio de Santiago a fojas 39.786 N° 21.801 año 2016 y publicado Diario Oficial del 03 Junio 2016. Modificación consiste en ampliar giro social, que en lo sucesivo será: a) importación, exportación, desarrollo, mantención y comercialización de equipos y/o sistemas informáticos para apoyar y complementar la gestión de soluciones de logística, transporte, internet y publicidad. Los productos y servicios ofrecidos podrán utilizar medios como internet, plataformas gps, redes móviles de voz, datos y mensajería. La comercialización podrá realizarse en forma directa, a través de franquiciados, distribuidores, agentes, o a través de comercio electrónico; b) la administración y explotación de servicios y transportes de carga a industrias y particulares; nacional e internacional; carga y fletes en camiones propios o de terceros, de toda clase de productos, materiales y mercaderías; arrendar y subarrendar todo tipo de vehículos; bodegaje de las mismas; y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los accionistas acuerden; c) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería, Arquitectura y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo, administración y comercialización de proyectos inmobiliarios; la realización de loteos y obras de urbanización; las construcciones, ampliaciones, reparaciones y mejoramiento del entorno, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción; importación y distribución de todo tipo de materiales para la construcción; la elaboración, estudio, asesoría y planeación de ingeniería, confección de planos y modelos, la fabricación, comercialización, montaje, mantención, arriendo, y explotación de cualquier forma, por cuenta propia o de terceros, de instalaciones en general, de estructuras, herramientas y maquinarias para la construcción, movimiento de tierras, industria, la minería y agricultura; todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; d) La fabricación, comercialización, distribución y venta de todo tipo de productos para el hogar, ya sea en forma directa y/o a través de terceros; los productos y/o bienes podrán ser de procedencia nacional y/o extranjera, sean comercializados en un local fijo y/o a locales comerciales establecidos; abastecer, distribuir, importar, exportar y reexportar, por cuenta propia o ajena toda clase de bienes productos, subproductos, implementos, repuestos, accesorios, materias primas e insumos destinados al comercio de bienes, artículos y accesorios para el hogar, línea blanca, electrónicos y cualquier otro que diga relación con lo antes dicho. Asimismo, se agregan los siguientes nombres de fantasía: Asimismo, se modifica el Artículo Primero, letra a) del pacto constitutivo, en el sentido de agregar como nombres de fantasía, los siguientes: “CHILE NOTARIA”, “CHILENOTARIA”, “CHILE NOTARIAS”, “CHILENOTARIAS”, “CHILE MUDANZAS”, “CHILEMUDANZAS”, “DIMENSION URBANA”, “DIMENSIONURBANA”, y/o “CONSTRUCTORA DIMENSION URBANA”, manteniendo la razón social “CONTROL SAT SpA”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-Santiago, 11 de Octubre de 2019.