OBRAS CIVILES, CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PARRA Y TORO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2019
- Notario
- CARLOS MIRANDA JIMENEZ
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- 5 años a contar fecha escritura, renovable tácitamente si ningún socio le pone término conforme a escritura extractada
Objeto social
será: a) la construcción de toda clase de obras y edificios, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos, subcontratos, propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención, realizar tasaciones, evaluaciones de proyectos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad; b) la ejecución de todo tipo de obras civiles, instalaciones industriales y montajes industriales, por cuenta propia o de terceros; c) la construcción, instalación, ampliación, reparación, montaje o terminación de cualquier tipo de obras civiles de arquitectura e ingeniería; la realización de estudios, asesorías y prestaciones de cualquier servicio relacionado con lo anterior; d) la adquisición y enajenación, importación y exportación, comercialización y distribución de materiales para la construcción; e) el desarrollo de todo tipo de negocios inmobiliarios; así podrá realizar compraventas, arrendamientos o explotar a cualquier título, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes corporales inmuebles, incluyendo casas, edificios de cualquier clase, urbanizaciones y loteos, pudiendo desarrollar todas aquellas actividades que tengan relación con la construcción y comercialización de bienes raíces de cualquier naturaleza; f) la realización de toda clase de inversiones con fines rentísticos, en todo tipo de empresas, en bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, y en general; g) la demolición y preparación de terrenos; h) la terminación y acabado de edificios; y, i) en general, realizar todos los actos que sean necesarios para el cabal cumplimiento del
Administración
corresponderá a doña Ignacia Valentina Parra Salazar y a don Alejandro José Toro Figueroa, conjuntamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS MIRANDA JIMENEZ, Notario Público de Concepción, con oficio en Barros Arana 989, certifica: Por escritura pública de 02 de Septiembre de 2019, ante mi suplente doña Diana Sepúlveda Moreno, IGNACIA VALENTINA PARRA SALAZAR y ALEJANDRO JOSÉ TORO FIGUEROA, ambos domiciliados en Rehue 650, depto. 203, comuna San Pedro de la Paz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, al monto de sus respectivos aportes, bajo razón social “OBRAS CIVILES, CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PARRA Y TORO LIMITADA”, pudiendo emplear el nombre de fantasía “OBRAS CIVILES P y T”.- OBJETO: será: a) la construcción de toda clase de obras y edificios, por cuenta propia o ajena, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, sea por administración, suma alzada, mediante contratos, subcontratos, propuestas públicas o privadas, pudiendo prestar cualquier clase de servicios de mantención, realizar tasaciones, evaluaciones de proyectos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad; b) la ejecución de todo tipo de obras civiles, instalaciones industriales y montajes industriales, por cuenta propia o de terceros; c) la construcción, instalación, ampliación, reparación, montaje o terminación de cualquier tipo de obras civiles de arquitectura e ingeniería; la realización de estudios, asesorías y prestaciones de cualquier servicio relacionado con lo anterior; d) la adquisición y enajenación, importación y exportación, comercialización y distribución de materiales para la construcción; e) el desarrollo de todo tipo de negocios inmobiliarios; así podrá realizar compraventas, arrendamientos o explotar a cualquier título, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes corporales inmuebles, incluyendo casas, edificios de cualquier clase, urbanizaciones y loteos, pudiendo desarrollar todas aquellas actividades que tengan relación con la construcción y comercialización de bienes raíces de cualquier naturaleza; f) la realización de toda clase de inversiones con fines rentísticos, en todo tipo de empresas, en bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, y en general; g) la demolición y preparación de terrenos; h) la terminación y acabado de edificios; y, i) en general, realizar todos los actos que sean necesarios para el cabal cumplimiento del objeto social.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a doña Ignacia Valentina Parra Salazar y a don Alejandro José Toro Figueroa, conjuntamente.- CAPITAL SOCIAL: $1.000.000, que socios aportan y enteran en dinero efectivo e ingresan en arcas sociales, de la siguiente manera: 1) Ignacia Valentina Parra Salazar, $200.000.- aportados en este acto; y, 2) Alejandro José Toro Figueroa la suma de $800.000.- aportados en este acto.- Queda enterado el 100% del capital social.- DURACIÓN: 5 años a contar fecha escritura, renovable tácitamente si ningún socio le pone término conforme a escritura extractada.- DOMICILIO: Concepción.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, 24 de Octubre de 2019.-