MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA ALHUECO LIMITADA

RUT 78316240-7 CVE 1674092
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
27 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de septiembre de 2019
Notario
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
Oficio
16 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público, Titular 16 Notaría de Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifica: Por escritura de fecha 27 de septiembre de 2019, ante mí, Hernán Patricio Rivera Franzani, domiciliado en Las Fresas N°5.050, comuna de Vitacura; Carmen Paz Rivera Franzani, domiciliada en Francisco de Asís N°1.705, comuna de Las Condes; y María Ignacia Rivera Hechem, domiciliada en Oregón N°1.149, comuna de Vitacura, modificaron el pacto social de “INVERSIONES E INMOBILIARIA ALHUECO LIMITADA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fs. 30.822 N°18.318 del año 1992. 1) Cesión de Derechos. Carmen Paz Rivera Franzani vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, que corresponde a un 1% de los derechos en el haber social a María Ignacia Rivera Hechem; 2) Modificación: A consecuencia de la cesión, los actuales socios, reemplazan el artículo Sexto de los estatutos por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $200.000.- que los socios aportan en proporción de un 99% por ciento don Hernán Patricio Rivera Franzani, y el 1% doña María Ignacia Rivera Hechem, habiendo enterado el primero de ellos la suma de $198.000.- con anterioridad a esta fecha, y la segunda, la suma de $2.000 pesos, que ingresa a la caja social en este acto. En consecuencia, los aportes se encuentran íntegramente pagados a entera satisfacción de la Sociedad.” En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes e inalteradas las disposiciones del pacto social y en especial la que limita la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de octubre de 2019.