MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA E IMPORTACIONES MOTOPRO LIMITADA

RUT 76404446-0 CVE 1674606
Fecha instrumento
15 de octubre de 2019

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2019
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

N. fantasía
"MOTOPRO LTDA.", constituida por pública de fecha diecinueve de diciembre del año dos mil catorce, suscrita ante el Notario Público don Humberto Toro Martínez-Conde, cuyo extracto fue publicado el catorce de enero del año dos mil quince, en el diario oficial, edición número cuarenta mil cincuenta y seis, y se encuentra inscrito a fojas cuatrocientos cuarenta y nueve, bajo el número doscientos noventa y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año dos mil quince.- PRESENTES MODIFICACIONES: Por acto escritura doña CAROLINA BERNARDITA LEAÑO LÓPEZ, vende, cede y transfiere la totalidad de su participación que tiene en la sociedad individualizada en la cláusula segunda de esta escritura, a don FRANCO ANDRE VELÁSQUEZ LEAÑO quien compra, acepta y adquiere para sí el porcentaje de la participación señalada.- El precio de la cesión de esta participación social es la suma de DOS MILLONES DE PESOS, pagaderos en pesos, moneda nacional, que don FRANCO ANDRE VELÁSQUEZ LEAÑO paga al contado y en dinero en efectivo, declarando doña CAROLINA BERNARDITA LEAÑO LÓPEZ haberlo recibido a su entera conformidad y satisfacción en este acto.- Atendido a la cesión de los derechos en la participación social señalada precedentemente, se hace presente que la participación social, la repartición de las utilidades y las perdidas de ahora en adelante será de la siguiente proporción: EDUARDO ANDRÉS VELÁSQUEZ HERRERA en un setenta por ciento y don FRANCO ANDRE VELÁSQUEZ LEAÑO en un treinta por ciento.- Modificación del estatuto social: Los actuales socios de la sociedad “COMERCIALIZADORA E IMPORTACIONES MOTOPRO LIMITADA”, vienen en modificar la escritura de constitución de la sociedad ya individualizada anteriormente en el sentido que se modifica la cláusula CUARTA: Administración, representación y

Administración

en el sentido que de ahora en adelante solo corresponde en forma única y exclusiva al socio don EDUARDO ANDRÉS VELÁSQUEZ HERRERA, manteniendo la forma y facultades señaladas en la cláusula referida.- La modificación acordada, comienza a regir a contar de la fecha escritura.- En todo lo no modificado, los actuales socios ratifican el estatuto social vigente de la sociedad, contenido en la escritura de fecha diecinueve de diciembre de dos mil catorce, a que se refiere la cláusula primera de la presente escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad calle A. Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 15 de Octubre de 2019, otorgada ante mí, don EDUARDO ANDRÉS VELÁSQUEZ HERRERA, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y dos guión cero; doña CAROLINA BERNARDITA LEAÑO LÓPEZ, chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos sesenta y un mil seiscientos cuarenta y uno guión nueve; y don FRANCO ANDRE VELÁSQUEZ LEAÑO, chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad número dieciocho millones setecientos treinta y dos mil trece guión cinco, todos domiciliados en calle Manuel Rodríguez número seiscientos cinco, comuna y ciudad de Temuco, modificaron sociedad responsabilidad limitada que gira bajo razón social: “COMERCIALIZADORA E IMPORTACIONES MOTOPRO LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis guión cero, nombre de fantasía: "MOTOPRO LTDA.", constituida por pública de fecha diecinueve de diciembre del año dos mil catorce, suscrita ante el Notario Público don Humberto Toro Martínez-Conde, cuyo extracto fue publicado el catorce de enero del año dos mil quince, en el cuatrocientos cuarenta y nueve, bajo el número doscientos noventa y siete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año dos mil quince.- PRESENTES MODIFICACIONES: Por acto escritura doña CAROLINA BERNARDITA LEAÑO LÓPEZ, vende, cede y transfiere la totalidad de su participación que tiene en la sociedad individualizada en la cláusula segunda de esta escritura, a don FRANCO ANDRE VELÁSQUEZ LEAÑO quien compra, acepta y adquiere para sí el porcentaje de la participación señalada.- El precio de la cesión de esta participación social es la suma de DOS MILLONES DE PESOS, pagaderos en pesos, moneda nacional, que don FRANCO ANDRE VELÁSQUEZ LEAÑO paga al contado y en dinero en efectivo, declarando doña CAROLINA BERNARDITA LEAÑO LÓPEZ haberlo recibido a su entera conformidad y satisfacción en este acto.- Atendido a la cesión de los derechos en la participación social señalada precedentemente, se hace presente que la participación social, la repartición de las utilidades y las perdidas de ahora en adelante será de la siguiente proporción: EDUARDO ANDRÉS VELÁSQUEZ HERRERA en un setenta por ciento y don FRANCO ANDRE VELÁSQUEZ LEAÑO en un treinta por ciento.- Modificación del estatuto social: Los actuales socios de la sociedad “COMERCIALIZADORA E IMPORTACIONES MOTOPRO LIMITADA”, vienen en modificar la escritura de constitución de la sociedad ya individualizada anteriormente en el sentido que se modifica la cláusula CUARTA: Administración, representación y uso de la razón social: en el sentido que de ahora en adelante solo corresponde en forma única y exclusiva al socio don EDUARDO ANDRÉS VELÁSQUEZ HERRERA, manteniendo la forma y facultades señaladas en la cláusula referida.- La modificación acordada, comienza a regir a contar de la fecha escritura.- En todo lo no modificado, los actuales socios ratifican el estatuto social vigente de la sociedad, contenido en la escritura de fecha diecinueve de diciembre de dos mil catorce, a que se refiere la cláusula primera de la presente escritura.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Temuco, 24 de Octubre de 2019.