CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CGR SpA

CVE 1674213
Capital
$120.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2019
Notario
JULIO ABUYERES JADUE
Domicilio
Quillota

Sociedad

Capital
$120.000.000 CLP
Domicilio
Viña del Mar
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) El desarrollo de todo tipo de proyectos de construcción, por si o por medio de terceros, tanto a entes privados como organismos públicos; b) Compra y venta de bienes inmuebles, y bienes muebles como maquinarias de toda clase, a empresas o entes privados u organismos públicos, y en general la adquisición de todo tipo de bien tanto mueble como inmueble que sirva para el cumplimiento del objeto social; c)Asesorías en materia de construcción tanto a empresas o entes privados como organismos públicos; d) la realización de toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores, sin perjuicio de cualquier otro objeto que los socios de consuno acordaren. Todo, por cuenta propia o ajena

Administración

La sociedad será administrada por todos los socios indistintamente, de forma conjunta o separada, quienes anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes que se indican de manera no taxativa en los artículos undécimo y duodécimo de la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO ABUYERES JADUE, Abogado, Notario Público de Quillota, con oficio en calle Pudeto número trescientos noventa y ocho, certifico: Por escritura de fecha 14 de Octubre de 2019, ante mí, doña MAILYN SCARLETT GÓMEZ CUADRA, chilena, soltera, estudiante, cedula de identidad y rol único tributario número dieciocho millones doscientos cincuenta y seis mil seiscientos ochenta y dos guión nueve, domiciliada en calle General Flores número setenta, departamento número ochocientos cinco, ciudad de Santiago, de paso en ésta; doña ARIANNE FERNANDA GÓMEZ CUADRA, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad y rol único tributario número diecinueve millones seiscientos dos mil quinientos treinta guión ocho, domiciliada encalle General Flores número setenta departamento ochocientos cinco, ciudad de Santiago, de paso en ésta; don JORGE IGNACIO GÓMEZ QUINTERO, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad y rol único tributario número diecinueve millones setecientos veintiséis mil seiscientos sesenta y cinco guión uno, domiciliado en calle Serrano número noventa y uno, comuna de Quillota; y don DAVID ANTONIO GÓMEZ RECABARREN, chileno, divorciado, Ingeniero Comercial, cédula de identidad y rol único tributario número nueve millones ciento noventa mil doscientos ocho guión siete, domiciliado en Pasaje Las Bellotas número setecientos veintinueve, Barrio Los Robles, comuna de Quillota, constituyeron la sociedad por acciones cuya razón social es “ASESORÍAS Y CONSTRUCCIÓN ARREBOL SpA”, pudiendo utilizar también como nombre de fantasía “CGR SpA”, constituida por escritura pública otorgada el catorce de Octubre de dos mil diecinueve.- Domicilio: Viña del Mar, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero.- Duración : Indefinida Objeto: El objeto de la sociedad será: a) El desarrollo de todo tipo de proyectos de construcción, por si o por medio de terceros, tanto a entes privados como organismos públicos; b) Compra y venta de bienes inmuebles, y bienes muebles como maquinarias de toda clase, a empresas o entes privados u organismos públicos, y en general la adquisición de todo tipo de bien tanto mueble como inmueble que sirva para el cumplimiento del objeto social; c)Asesorías en materia de construcción tanto a empresas o entes privados como organismos públicos; d) la realización de toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores, sin perjuicio de cualquier otro objeto que los socios de consuno acordaren. Todo, por cuenta propia o ajena. Capital: ciento veinte millones de pesos ($120.000.000.-), divididos en doce mil acciones, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se dice en las disposiciones transitorias de la escritura extractada. Administración: La sociedad será administrada por todos los socios indistintamente, de forma conjunta o separada, quienes anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes que se indican de manera no taxativa en los artículos undécimo y duodécimo de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Quillota, 21 de Octubre de 2019.