MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Forestal Cominco S.A.

RUT 79621850-9 CVE 1673918
Fecha instrumento
27 de agosto de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2019
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, comuna de Providencia, certifico que con fecha 11 de septiembre de 2019, se redujo a escritura pública ante mí, acta de junta extraordinaria de accionistas de FORESTAL COMINCO S.A., celebrada ante mí con fecha 27 de agosto de 2019, en la que sus accionistas acordaron: (I) Resciliar y dejar sin efecto la modificación del domicilio y del objeto de la sociedad acordada en junta extraordinaria de accionistas de 14 de marzo de 2018, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 24 de abril de 2018 en la Notaría de Santiago de Francisco Javier Leiva Carvajal, inscrita a fojas 140 vuelta N° 100 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, correspondiente al año 2018 y a fojas 45.816 N° 23.719 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018. (II) Modificar el domicilio social, sustituyendo la comuna de San Esteban, Los Andes, por la comuna de Santiago, modificando al efecto artículo segundo de los estatutos sociales. (III) Ampliar y modificar el objeto social, reemplazando en consecuencia, el artículo cuarto de los estatutos por uno del siguiente tenor: “Artículo Cuarto: El Objeto de la Sociedad será, la producción, transporte, distribución, suministro y comercialización de energía eléctrica; la producción, importación, exportación y comercialización de celulosa, papel y productos similares o derivados de los anteriores, así como también la forestación y explotación de predios rústicos en general; la prestación de servicios portuarios, incluyendo la explotación de muelles y bodegas y demás faenas propias de la actividad portuaria y efectuar toda clase de inversiones y formar parte de toda clase de sociedades, cooperativas, corporaciones o asociaciones de cualquier especie y administrar los beneficios que de ellas se obtengan, objetos que podrá desarrollar directamente o por intermedio de otras sociedades o asociaciones”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de octubre de 2019.