ASESORÍAS E INVERSIONES ROCA SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de octubre de 2019
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $900.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país: a) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) administrar dichas inversiones, transferirlas, explotarlas y percibir sus frutos; c) adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes inmuebles, con o sin muebles y)o instalaciones, por cuenta propia a ajena, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; d) la explotación agrícola, ganadera, frutal o forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos que la sociedad adquiera, arriende o posea a cualquier título; la producción, industrialización, importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, vitivinícolas, ganaderos, frutales o forestales y de todo otro negocio o actividad relacionada con el indicado objeto, por cuenta propia o ajena; e) la explotación, por cuenta propia o ajena, de la industria vitivinícola en todas sus formas y de las actividades anexas que ella requiera en todas sus fases, ya sea con caldos propios o de terceros; f) celebrar toda clase de contratos y, en especial, de sociedad y cualquier tipo de asociación en Chile como en el extranjero, pudiendo desde luego asociarse con terceros, participar en sociedades ya existentes, constituir sociedades y adquirir acciones o derechas en ellas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; g) asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase; h) la sociedad podrá además, ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que fuere necesario o conveniente al cumplimiento del mismo; y en general, i) la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada con su
Administración
Carolina Daniela Roca con las facultades que se indican en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332,Santiago, certifico que por escritura pública de hoy, ante mí, CAROLINA DANIELA ROCA, argentina, casada, empresaria, rol único tributario N° 48.213.580-3; domiciliada para estos efectos en calle Renato Sánchez número tres mil quinientos treinta y tres, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Razón Social: “ASESORÍAS E INVERSIONES ROCA SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “ROCA SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país: a) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) administrar dichas inversiones, transferirlas, explotarlas y percibir sus frutos; c) adquirir, enajenar, arrendar y explotar toda clase de bienes inmuebles, con o sin muebles y/o instalaciones, por cuenta propia a ajena, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; d) la explotación agrícola, ganadera, frutal o forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos que la sociedad adquiera, arriende o posea a cualquier título; la producción, industrialización, importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, vitivinícolas, ganaderos, frutales o forestales y de todo otro negocio o actividad relacionada con el indicado objeto, por cuenta propia o ajena; e) la explotación, por cuenta propia o ajena, de la industria vitivinícola en todas sus formas y de las actividades anexas que ella requiera en todas sus fases, ya sea con caldos propios o de terceros; f) celebrar toda clase de contratos y, en especial, de sociedad y cualquier tipo de asociación en Chile como en el extranjero, pudiendo desde luego asociarse con terceros, participar en sociedades ya existentes, constituir sociedades y adquirir acciones o derechas en ellas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; g) asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de toda clase; h) la sociedad podrá además, ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que fuere necesario o conveniente al cumplimiento del mismo; y en general, i) la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada con su objeto. Capital: $900.000 dividido en 900 acciones nominativas, de la misma serie, de igual valor y sin valor nominal; íntegramente suscrito y pagado por la accionista constituyente en la forma indicada en escritura extractada. Responsabilidad: Los accionistas de la Sociedad, en adelante también los “Accionistas”, sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes a la Sociedad. Administración: Carolina Daniela Roca con las facultades que se indican en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 14 de octubre de 2019.