AGROINDUSTRIA Y COMERCIAL MABEL CORTES ARAYA E.I.R.L.
Instrumento
Sin información de instrumento parseada en esta publicación.
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.857
Administración
El uso del nombre, la representación y la administración de la empresa corresponderá a la constituyente, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa la representará con las más amplias facultades y podrá obligar y representar a la empresa judicial y extrajudicialmente, en toda clase de actos, contratos o declaraciones, ante cualquier persona, con todas las facultades de administración y disposición.-SEPTIMO: Empresa rige desde fecha escritura, durará quince años, prorrogable períodos iguales sucesivos y continuos de cinco años. Ovalle 22 octubre 2.019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEUGENIO JIMENEZ LARRAIN Notario Público Ovalle, domiciliado Vicuña Mackenna N°370 oficina Tres- E, certifico: que MABEL DEL CARMEN CORTES ARAYA, chilena, casada y separada de bienes, treinta y ocho años de edad, cédula de identidad N° 14.089.781-7, domiciliada en parcela número seis A de la localidad de Sol de Las Praderas calle única sin número comuna de Monte Patria, expone; PRIMERO: La compareciente constituye empresa individual responsabilidad limitada regida por Ley 19.857, estipulaciones de este acto y disposiciones legales y tributarias aplicables sociedades responsabilidad limitada.- SEGUNDO: Nombre empresa “AGROINDUSTRIA Y COMERCIAL MABEL CORTES ARAYA E. I. R. L.” abreviatura, “AGROINDUSTRIA SANTA INELDA E.I.R.L.". - TERCERO: Domicilio empresa, Lote Seis A guión dos de la Localidad de Sol de Las Praderas, comuna de Monte Patria. - CUARTO: El objeto o giro de la sociedad será A) la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la explotación agrícola, por cuenta propia o ajena, la producción agropecuaria frutícola y ganadera, la compra, venta, importación y exportación de productos que sirvan para la elaboración de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, frutos secos, verduras, leche, quesos, yogurt, quesillos y otros lácteos; la elaboración y comercialización de los productos y subproductos de toda clase de animales, vacunos, caballares, ovejunos, cabríos entre otros; la compra, venta, importación y exportación de la producción sea propia o ajena, transformación y comercialización de productos agrícolas; comercialización de productos de toda clase elaborados por la sociedad a partir de esa producción, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; distribución y venta al por mayor y al detalle de materias primas y de los productos que elabore la sociedad; B) construir instalar, explotar, dar y tomar en arrendamiento establecimientos de industria lechera, tratamiento de los productos naturales, pasteurización y compraventa de la leche en cualquiera de sus formas y de todos sus derivados, compraventa de cabras lecheras y vacas lecheras. Asimismo, el giro incluye la fabricación, importación y exportación, compraventa, arrendamiento, mantención y compraventa de repuestos de máquinas, útiles, artefactos, motores, instalaciones, aparatos útiles y herramientas relacionadas con la industria de la leche, de sus derivados y el frío; compra, venta y arrendamiento de herramientas, maquinarias, vehículos, equipos, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandatario de terceros; C) servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores y la elaboración de alimentos a partir de esa producción; D) podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa de ganado, al por mayor y al detalle; E) Tomar en arrendamiento y explotar bienes inmuebles agrícolas con todo tipo de plantaciones; F) realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos y rentas; G) Todo otro negocio o actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con el rubro de la agricultura, comercialización y elaboración de productos del agro, agroturismo y turismo rural y cualquier otro negocio que acordare la empresa. QUINTO: Capital: DIEZ MILLONES DE PESOS que se entienden enterados en caja de la empresa y con los siguientes bienes: I) LOTE SEIS A GUIÓN DOS el que tiene una superficie total de cero coma cincuenta hectáreas. El pre-rol de este lote es el sesenta y uno guión ciento cinco de la Comuna de Monte Patria. Bien que es avaluado en la suma de SEIS MILLONES DE PESOS y II) bienes muebles consistente en maquinarias: a) Autoclave vertical sobremesa cuarenta L wafco USA, avaluado en la suma de Un millón de pesos; b) Phmetro microprocesado de mesa, avaluado en la suma de doscientos noventa mil pesos; c) Refractometro Master cincuenta y tres cero guión cincuenta y tres por ciento Brix ATC dos mil trescientos cincuenta y dos ATAGO, avaluado en la suma de doscientos mil pesos; d) Selladora al vacío, código uno cinco cero cero tres tres, modelo SVSA guión quinientos, serie: EPF cuatro cinco PRE dos cero dos ocho cuatro, marca Fochitek, año dos mil diecinueve, avaluado en la suma de novecientos mil pesos; e) Refrigerador de acero inox cuatrocientos litros dual, avaluado en la suma de quinientos mil pesos; f) Mesón de trabajo un metro cincuenta centímetros acero inox. Mural, avaluado en la suma de cien mil pesos; g) Mesón de trabajo un metro ochenta centímetros acero inox. Mural, avaluado en la suma de cien mil pesos; h) Lavafondo dos depósitos con secador derecho, avaluado en la suma de doscientos mil pesos; i) Campana de acero un metro mural, avaluado en la suma de cien mil pesos; j) extractor de aire industrial treinta centímetros, avaluado en la suma de setenta mil pesos; k) bandeja perforada cincuenta y ocho por sesenta y ocho Ventus, avaluado en la suma de cien mil pesos y l) cocina cuatro quemadores con horno cincuenta y ocho por sesenta y cinco Supermaq, avaluado en la suma de cuatrocientos cuarenta mil pesos. Bienes que son avaluados en la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS..- SEXTO: Administración: El uso del nombre, la representación y la administración de la empresa corresponderá a la constituyente, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa la representará con las más amplias facultades y podrá obligar y representar a la empresa judicial y extrajudicialmente, en toda clase de actos, contratos o declaraciones, ante cualquier persona, con todas las facultades de administración y disposición.-SEPTIMO: Empresa rige desde fecha escritura, durará quince años, prorrogable períodos iguales sucesivos y continuos de cinco años. Ovalle 22 octubre 2.019.-