MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VITIVINICOLA INVINA LIMITADA

RUT 76023869-4 CVE 1672983
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 2008
Notaría
Ñuñoa de don Rene Martínez Miranda

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2008
Repertorio
5891-2018
Notario
IGNACIO VIDAL DOMÍNGUEZ
Domicilio
Talca
Comuna
Ñuñoa de don Rene Martínez Miranda

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP
Ley aplicable
ley 19.499

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Don MAURICIO ANDRÉS LOZANO DONAIRE socio 10650303-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IGNACIO VIDAL DOMÍNGUEZ, Notario Público, Talca, 1 Norte Nº 963, oficina 103 certifica: Por escritura pública, hoy, ante mí, Don MAURICIO ANDRÉS LOZANO DONAIRE, soltero, chileno, Cédula Nacional de Identidad Nº 10.650.303-6, abogado, domiciliado en calle 4 norte 620 de Talca, rectificó y saneo conforme ley 19.499, modificación social de VITIVINICOLA INVINA LIMITADA, Rut 76.023.869-4, constituida por escritura pública de fecha 16 de junio de 2008, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Hector Estay Ramírez, suplente de la Notaria de Ñuñoa de don Rene Martínez Miranda, inscrita a fojas 28846 número 19840 del Registro de Comercio de Santiago, año 2008. Modificación que se sanea consta en escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2018, Repertorio N°5891-2018, otorgada en esta Notaria, consistente en: I) Aumento de capital: Socios deciden aumentar capital de $1.500.000.000 a $4.000.000.000.- Aumento de $2.500.000.000 se paga: i) mediante la capitalización de la cuenta denominada “Aportes por Capitalizar”, con aportes: a) don Alexander Huber, $456.705.672; b) don Richard Huber, $1.474.577.442; c) doña Catherine Huber, $78.095.274; y d) don Benjamín Huber, $23.254.000; todos ya enterados en arcas sociales; y ii) mediante la obligación de aportar por parte de cada socio: a) don Alexander Huber, $253.294.328; b) don Richard Huber, $205.422.558; c) doña Catherine Huber, $6.904.726; y d) don Benjamín Huber, $1.746.000.- El aumento de capital con cargo a esta obligación de aportar, se pagará dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha del presente instrumento, y a medida que las necesidades sociales así lo requieran”. II) Modificación Clausula Capital Social: Se modifica cláusula SEPTIMA de los estatutos sociales, en sentido que el capital social es la suma de $4.000.000.000, pagados y por pagar, que los socios aportan: a) Don Alexander Huber, $1.340.000.000, correspondiente al 33,5% que se pagan: Uno) Con $1.086.705.672, íntegramente pagados. Dos) Con $253.294.328, por pagar; b) Don Richard Huber, $2.400.000.000, correspondiente al 60% que se pagan: Uno) Con $2.194.577.442 íntegramente pagados. Dos) Con $205.422.558, por pagar; c) Doña Catherine Huber, $160.000.000, correspondiente al 4% que se pagan: Uno) Con $153.095.274, íntegramente pagados. Dos) Con $6.904.726, por pagar; y d) Don Benjamín Huber, $100.000.000, correspondiente al 2,5% que se pagan: Uno) Con $98.254.000, íntegramente pagados. Dos) Con $1.746.000, por pagar.- Aportes por pagar en el plazo de 5 años y a medida que las necesidades sociales lo requieran. Vicio de modificación social consistió en que su extracto no ha sido publicado ni inscrito en el Registro de Comercio respectivo dentro de plazo legal.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talca, 15 de Octubre de 2019”.