New Markup S.A.
Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $17.403 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular 43 Notaría Santiago, con oficio en calle Huérfano número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 3 de septiembre de 2019, otorgada ante el notario suplente don Humberto Prieto Concha, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “New Markup S.A.”, celebrada con fecha 28 de junio de 2019, ante mí, con la asistencia del 100% de los accionistas, en la que se acordó por unanimidad: Uno) Aumento de Capital: Los socios acuerdan aumentar el capital social de $17.403.127 a la cantidad de $636.015.328, dividido en 100.100 acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie, y sin valor nominal.- Dos) Suscripción preferente de nuevas acciones de pago: La unanimidad de los asistentes aprobó el inicio del período de suscripción preferente en los términos del artículo veinticinco de la Ley de Sociedades Anónimas y el artículo veintisiete del Reglamento de Sociedades Anónimas, acordando aceptar el ofrecimiento de suscripción de las nuevas acciones de pago y la forma de pago de las acciones suscritas por los accionistas, suscribiéndose y pagándose en este acto la totalidad de las acciones emitidas.- Tres) Adecuación Estatutos Sociales: La Junta, por unanimidad, acordó sustituir los artículos Quinto definitivo y Tercero transitorio del estatuto social, por los siguientes: "Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de seiscientos treinta y seis millones quince mil trescientos veintiocho pesos, dividido en cien mil cien acciones ordinarias, nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado no tendrán derecho a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en proporción a la parte pagada; pero si tendrán derecho a voto en las Juntas de Accionistas. En caso que a las acciones no hayan sido totalmente pagadas en forma oportuna, el capital social disminuirá de pleno derecho a lo efectivamente pagado y quedarán sin efecto las acciones no pagadas. El Gerente de la sociedad deberá dejar constancia de ello por escritura pública anotada la margen de la inscripción social."; y "Artículo Tercero Transitorio: El capital de la sociedad será de seiscientos treinta y seis millones quince mil trescientos veintiocho pesos, dividido en cien mil cien acciones nominativas de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, que se han suscrito y pagado y que se suscriben y pagarán de la siguiente forma: Uno) La cantidad de noventa mil cien acciones equivalentes a diecisiete millones cuatrocientos tres mil ciento veintisiete pesos han sido suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha por los accionistas; Dos) La cantidad de nueve mil noventa y un acciones de pago por la cantidad total de quinientos sesenta y dos millones trescientos setenta y cuatro mil setecientos veintiocho pesos, íntegramente suscritas y pagadas por Inversiones y Asesorías Magat S.A. mediante la capitalización de créditos que mantenía en contra de la Sociedad; y Tres) La cantidad de novecientas nueve acciones de pago por la cantidad total de cincuenta y seis millones doscientos treinta y siete mil cuatrocientos setenta y tres pesos, íntegramente suscritas y pagadas por Asesorías e Inversiones Solothurn Limitada mediante la capitalización de créditos que mantenía en contra de la Sociedad.”.- Cuatro: Reemplazo de títulos accionarios: La Junta de Accionistas acordó por unanimidad reemplazar los títulos de acciones emitidos hasta la fecha por nuevos títulos, que deberán ser preparados y emitidos por el Gerente General de la Sociedad, quien queda encargado tanto de esta tarea, como de canjear a los accionistas los actuales títulos por los que se emitan.- En todo lo no modificado, sigue vigente texto social, Santiago, 07 de septiembre de 2019.-